EMBARGO SMI

AREA VA

Miembro
Bueno días,
Tengo a un trabajador cobrando el salario mínimo interprofesional con las pagas prorrateadas.
Su neto son 690 euros más o menos.
¿Corresponde aplicarlo porque el neto supera los 648,60 o como es SMI en este caso no procede?
No tengo muy claro si se aplica a las pagas de SMI también o son inembargables.
Gracias de antemano por vuestra ayuda
 

Ignatius

Miembro activo
Hola,
En mi opinión, sin pagas extras prorrateadas, si tiene un líquido a cobrar de 690 €.  El SMI de 648,60 € inembargable, al sobrante de 41,40 se aplica embargo del 30%.
Si la nómina tiene las p. extras prorrateadas, también hay que considerar el SMI con extra prorrateada, por tanto, 756,70 €. Si el líquido nómina, con extra prorrateada es de 690 €, no cabría embargo
 
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