Hay que dar preaviso (que se puede pagar), abonar la indemnización en metálico y de forma simultánea a la comunicación del desistimiento, según establece el Real Decreto.
O sea, tres marrones para el empleador para casos como el que nos ocupan.
Como ella no ha querido que el empleador cumpla con sus obligaciones, no veo motivo para que el empleador ponga la otra mejilla, sino para todo lo contrario. ´
Si la trabajadora no ha querido firmar el desistimiento pero tampoco está yendo a trabajar, se le comunica por burofax que si no comunica en un plazo de 48 horas el motivo de sus ausencias se procederá a su despido disciplinario por faltas repetidas e injustificadas. Igual, si el motivo de sus ausencias no estuviera justificado.
Si la trabajadora está yendo a trabajar - que entiendo que no- se le vuele a intentar notificar personalmente el desistimiento, y se le entrega el dinero de su indemnización (mejor en monedas de 1 y 2 céntimos, nada lo impide y mola tocar balls si te tocan las balls) y ello en presencia de dos testigos.
Si mantiene su negativa a firmar y llevarse el money, que firmen los dos testigos en el documento de desistimiento y se le remite por burofax ese mismo día, para constituir prueba y que no diga que ella no se quedo copia con nada y por tanto nada se notificó), insistiéndole en que tiene a su disposición la indemnización.
Los testigos que sean unos vecinos, el portero, el cartero, la panadera de abajo,...no familiares.