Empleador de hogar y PRL

Francisco AA

Nuevo miembro
Hola, buenos días, lo he buscado por el foro pero no lo he localizado ¿los empleadores de hogar tienen la obligación de tener servicio de prevención de riesgos?, la LPRL dice que si pero no se si está pendiente de desarrollo normativo. Gracias
 

Kalin

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Previsto esta, pero creo recordar que quedo pendiente de desarrollo reglamentario y hasta la fecha no se ha publicado nada al respecto.
 

africallora

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africallora

Miembro conocido
Es a nivel estatal.

Lo que se pretende, como es lógico, es que se reconozcan las enfermedades profesionales propias del oficio. De igual manera, se pondrá a disposición de los emplead@res test de autoevaluación muy similares a los cuestionarios que se utilizan para el Teletrabajo.

El INSS será el responsable de los reconocimientos médicos (SPA). De no poder dar una cobertura eficaz, derivaban los reconocimientos hacia gestoras colaboradoras.

Están mirando de qué forma puede la ITSS proceder para las comprobaciones. El art.18 de la Constitución : inviolabilidad del domicilio, lo pone imposible, si no cuentan con el beneplácito del empleador.
--
Aparte: Los planes de autoprotección para las EH, como el que he aportado, siempre han existido. Tengo varios. Se le ha de mandar al emplead@r, junto con el contrato, para que lo remita por mail a la EH.

Cuando se desarrolle la Ley PRL, ya compartiré clausulas «ad hoc».
 

toni

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Es a nivel estatal.

Lo que se pretende, como es lógico, es que se reconozcan las enfermedades profesionales propias del oficio. De igual manera, se pondrá a disposición de los emplead@res test de autoevaluación muy similares a los cuestionarios que se utilizan para el Teletrabajo.

El INSS será el responsable de los reconocimientos médicos (SPA). De no poder dar una cobertura eficaz, derivaban los reconocimientos hacia gestoras colaboradoras.

Están mirando de qué forma puede la ITSS proceder para las comprobaciones. El art.18 de la Constitución : inviolabilidad del domicilio, lo pone imposible, si no cuentan con el beneplácito del empleador.
--
Aparte: Los planes de autoprotección para las EH, como el que he aportado, siempre han existido. Tengo varios. Se le ha de mandar al emplead@r, junto con el contrato, para que lo remita por mail a la EH.

Cuando se desarrolle la Ley PRL, ya compartiré clausulas «ad hoc».
Este es el quid de la cuestión, que tanto la ITSS como la empresa de PRL puedan acceder a mi casa sin mi consentimiento, veremos como se articula esto...
 
Última edición:

Elena-Z

Miembro activo
NO hableis muy alto... cualquier día harán firmar una autorización expresa o no habrá alta. Lo digo porque en las tarjetas de transporte para aquellos casos que es un autónomo con su furgoneta y sin centro de trabajo diferente, al pedir la tarjeta de transporte hay que firmar una declaración de domicilio autorizando a la entrada para el caso de tener que inspeccionar y bla bla bla... hablo del Ministerio de Fomento. Que no se, llegado el caso, qué pasa si no les abren la puerta porque están los niños menores de edad en casa y su privacidad y bla bla bla...
 

Argi

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Pues precisamente sobre este tema pubica hoy una noticia El País.
 

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  • Trabajo propone obligar a los particulares a evaluar los riesgos laborales de las empleadas de...pdf
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