EMPRESA CUIDADO PERSONAS MAYORES EN SU CASA

nayade

Miembro activo
Buenos días, una empresa me pregunta si es posible darse de alta en alguna actividad para ser ella la que contrate a personas que trabajen como internas en un domicilio cuidando a personas mayores que están en su casa, no en una residencia. De modo que la empresa se haría cargo del contrato, salario, seguridad social, alta en seguridad social y la persona a la que cuidan haría un contrato con la empresa supongo, esto no lo controlo bien nunca se me ha dado el caso, siempre he contratado en el régimen de hogar para cuidar peronas.
Alguien que me pueda decir si se puede hacer y cómo? Hay convenio sobre ello? o sería el SMI?
 

Cachilipox

Miembro conocido
En Catalunya hay un convenio colectivo de atención domiciliaria (código de convenio 79001525011999).
La actividad económica como tal está dentro del grupo 88 del CNAE (8811 mayores, 8812 discapacitados, 8891 niños diurno y 8899 otros)
 

nayade

Miembro activo
Gracias Cachilipox.
He visto que hay uno estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomia personal.
Pero indica que "el ámbito funcional de aplicación del presente convenio colectivo está constituido por las empresas y establecimientos que ejerzan su actividad en el sector de la atención a las personas dependientes y/o desarrollo de la promoción de la autonomía personal: residencias para personas mayores, centros de día, centros de noche, viviendas tuteladas, servicio de ayuda a domicilio y teleasistencia. Todo ello cualquiera que sea su denominación y con la única excepción de aquellas empresas cuya gestión y titularidad correspondan a la administración pública"

Habla de servicio de ayuda a domicilio, pero lo que me piden es que una persona se quede en la casa como interna.
No es una residencia, ni un centro de día ni nada de eso. Es una vivienda y quieren a una persona que se haga cargo de una persona mayor, pero que la que contrate sea la empresa.
Para mí eso es régimen de hogar.
 

Cachilipox

Miembro conocido
La verdad es que como "interna", ultrapasa las posibilidades laborales ordinarias.
A una trabajadora laboral la puedes "obligar voluntariamente" a una serie de cosas, pero nunca tantas como se permite en el régimen del hogar.

Horas de presencia, pernoctas, descansos entre jornadas y semanal..... Cosas que en régimen del hogar es muy laxo y de mínimos, el régimen laboral ordinario o son imposibles o te saldrían carísimas.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
"cuidando a personas mayores que están en su casa" si estamos hablando de .. administrar medicación, higiene corporal, acompañamiento, cuidados personales y del hogar.... ante la inexistencia de un "convenio de personas internas cuidando a mayores en su casa" el asunto lo veo mas de aplicación del VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal o similar autonómico pues es una empresa que se va a dedicar a contratar y desarrollar la actividad...
 
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