Empresa no practica el embargo de la TGSS

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Una empresa tiene que practicar un embargo a una trabajadora. La emisora reclamante es la TGSS. El importe a abonar es de 6.500 euros
La empresa está practicando religiosamente el embargo desde el inicio. Al no tener un salario excesivamente alto sino todo lo contrario, los importes que se abonan mensualmente son muy bajos (en ocasiones 5 euros, otras veces 35 euros, depende de si ha habido algún concepto que aumente la nómina).

La empresa olvidó abonar el embargo durante 1 mes
¿Qué pasaría si la empresa no hace el pago durante 2 meses?
¿Existe alguna normativa o ley que indique a partir de cuántos recibos de embargos mensuales no abonados la empresa se hace responsable solidaria de la deuda?
Muchas gracias
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Según tengo entendido desde el instante en que la empresa es notificada ya es solidaria responsable respecto a los créditos existentes/futuros independiente de la cantidad o número de créditos... el Sheriff de Nottingham es implacable
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos días
Una empresa tiene que practicar un embargo a una trabajadora. La emisora reclamante es la TGSS. El importe a abonar es de 6.500 euros
La empresa está practicando religiosamente el embargo desde el inicio. Al no tener un salario excesivamente alto sino todo lo contrario, los importes que se abonan mensualmente son muy bajos (en ocasiones 5 euros, otras veces 35 euros, depende de si ha habido algún concepto que aumente la nómina).

La empresa olvidó abonar el embargo durante 1 mes
¿Qué pasaría si la empresa no hace el pago durante 2 meses?
¿Existe alguna normativa o ley que indique a partir de cuántos recibos de embargos mensuales no abonados la empresa se hace responsable solidaria de la deuda?
Muchas gracias
no me preocuparía si la empresa se saltó un mes o dos el pago. Si está hecho en la nómina, haría ingreso de los dos pagos de forma independiente, separada, poniendo embargo mes tal y embargo mes tanto..., y así la empresa se pondría al día con su obligación de hacer los embargos y los pagos.
 

CHARO

Miembro conocido
no me preocuparía si la empresa se saltó un mes o dos el pago. Si está hecho en la nómina, haría ingreso de los dos pagos de forma independiente, separada, poniendo embargo mes tal y embargo mes tanto..., y así la empresa se pondría al día con su obligación de hacer los embargos y los pagos.
+1
 

Petrus

Miembro conocido
Por aquí suelen llamar de TGSS para decirnos que la empresa no ha pagado desde el mes X, le llamas a la empresa y se lo recuerdas, pagan todo lo que se han olvidado y que estaba descontado en nómina y listo. Pero ya sabemos que cada oficina actuara de una manera.
 
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