Buenos días
Una empresa tiene que practicar un embargo a una trabajadora. La emisora reclamante es la TGSS. El importe a abonar es de 6.500 euros
La empresa está practicando religiosamente el embargo desde el inicio. Al no tener un salario excesivamente alto sino todo lo contrario, los importes que se abonan mensualmente son muy bajos (en ocasiones 5 euros, otras veces 35 euros, depende de si ha habido algún concepto que aumente la nómina).
La empresa olvidó abonar el embargo durante 1 mes
¿Qué pasaría si la empresa no hace el pago durante 2 meses?
¿Existe alguna normativa o ley que indique a partir de cuántos recibos de embargos mensuales no abonados la empresa se hace responsable solidaria de la deuda?
Muchas gracias
Una empresa tiene que practicar un embargo a una trabajadora. La emisora reclamante es la TGSS. El importe a abonar es de 6.500 euros
La empresa está practicando religiosamente el embargo desde el inicio. Al no tener un salario excesivamente alto sino todo lo contrario, los importes que se abonan mensualmente son muy bajos (en ocasiones 5 euros, otras veces 35 euros, depende de si ha habido algún concepto que aumente la nómina).
La empresa olvidó abonar el embargo durante 1 mes
¿Qué pasaría si la empresa no hace el pago durante 2 meses?
¿Existe alguna normativa o ley que indique a partir de cuántos recibos de embargos mensuales no abonados la empresa se hace responsable solidaria de la deuda?
Muchas gracias