Hola a todos. Tengo la siguiente duda: La actividad de una empresa es la de alquiler de bienes propios. Se le aplica el convenio de oficinas y despachos. Ahora quieren contratar a una persona para que limpie estos edificios y pisos que alquilan. ¿Se tendría que dar de alta en otra actividad? ¿O podría darse de alta en la misma cuenta de cotización que tiene la empresa como otra trabajadora normal aunque no limpiase en las oficinas sino en los edificios que gestionan? ¿Se le aplicaría el convenio de oficinas y despachos como al resto de los trabajadores? ¿Sería conveniente poner en el contrato la direccion de los pisos que limpiará?
Gracias por vuestra ayuda. Un saludo.
Gracias por vuestra ayuda. Un saludo.