Sociedad compuesta por cónyuges que conviven, la participación del marido es del 90% y de la mujer el 10% . Si la mujer es nombrada ADMINISTRADORA UNICA sin remuneración( cargo gratuito) , y a su vez trabaja en la actividad de la sociedad. Sería correcto su encuadramiento en el RETA , todo y no tener el 25% de participación ¿? Se podría asignar un salario mensual por trabajar en la actividad ¿? Que tipo de retención se debería de aplicar el % de tablas o el 35% ¿??
Quedo muy agradecido por la ayuda a la espera de comentarios y opiniones
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