ENCUADRAMIENTO DE APODERADO

Clo

Nuevo miembro
Caso:

S.L. unipersonal. El administrador viaja mucho, x lo q otorga poderes a un chico (hijo de su mujer, con el que no convive), por si se necesitara algo justo cuando esté fuera, pero éste está sometido al administrador. Las opciones de encuadramiento podrían ser:

-Régimen General asimilado
-Régimen General como personal de alta dirección (ya he visto que esta es la opinión de Fernando)
-Régimen General asimilado como personal de alta dirección (esto lo he visto x internet)
-Excluido del sistema (yo quisiera q estuviera excluido ¿Hay algo q pueda argumentar que me ayude para no tener q darle de alta?)

Como véis, lo tengo claríííísimo!!! :'(
 

elchuske

Miembro conocido
yo entiendo que solo le da poderes para representar en caso de necesidad, exporadicamente. No entiendo porque le tiene que dar de alta.
 

Clo

Nuevo miembro
Gracias Elchuske!
1.- ¿Estais todos de acuerdo que en este caso estaría excluido del sistema?¿Seguro q la admón. no le obligaría a causar alta?
2.- Y en el supuesto en que sí realizara realmente funciones en la empresa ¿Dónde quedaría encuadrado?
Saludos,
 

Ro

Miembro activo
Entiendo que el hecho de tener poderes no obliga a estar de alta en el sistema de la seg. social. Sin embargo si está en la empresa cuando el administrador viaja, tendría que estar incluido en el régimen general, pues si viene una inspección en ese momento y lo ve trabajando (bien sea en oficina, etc.. ) en la empresa estará en fraude de ley.
 
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