Encuadramiento en Asociaciones

TER

Miembro
Buenas tardes, una Asociación necesitar contratar a un Administrativo y para este puesto le proponen al que es actualmente presidente de la Asociación.

Hasta ahora por su puesto de presidente no está en ningún régimen.

¿Veis algun problema en darle de alta ahora en el Régimen General para hacer tareas adminstrativas de la Asociación?

Graciiass.
 

aprendiz

Miembro
El problema del encuadramiento entre régimen general y autónomos hay que dilucidarlo tratando de resolver la cuestión de si se trata de una relación laboral por cuenta ajena o más bien es una actividad por cuenta propia.

El Presidente de la Asociación es el representante de la Asociación y en la mayoría de los casos -hay que consultar los estatutos de la Asociación- es quien toma decisiones sobre la gestión de la asociación.

Es muy infrecuente que el Presidente pueda reunir los requisitos que establece el art. 1.1 del Estatuto de los Trabajadores para encontrarnos con una relación laboral de ajenidad.

Por ejemplo estar sometido a las directrices de la Asociación (dependencia), o no ser acreedor de los beneficios de su actividad laboral (ajenidad).

Inclusive el régimen de organización del trabajo que dispone el empresario, así como el régimen disciplinario; es dificil entencer que no es él mismo quien se organice su propia actividad laboral.

A priori, salvo prueba en contrario, entiendo que el encuadramiento más apropiado que debe proceder es en RETA.

Saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que no hace falta contratarlo; que haga ese trabajo sin sujeción ni dependencia y ya está. Pueden ser trabajos consustanciales al mismo ejercicio de su actividad.
 
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