Hola..estoy desde ayer con la duda de este tema recurrente, a ver si alguien me pudiera confirmar si voy bien en el planteamiento:
Sociedad compuesta por dos socios al 50% , cónyuges, ella es Administradora con funciones de administración y gerencia. Están en RETA los dos.
Se quiere encuadrar a la Administradora en Régimen General y que el otro socio permanezca en el régimen de autónomos
Dando vueltas a lo de siempre, opción posible: transmisión de participaciones para que la participación de ella sea menor a la tercera parte del capital, y para que la suma de las participaciones de ambos cónyuges no supere el 50% del capital. Ella finalizaría en el cargo de Administradora ( aunque no sería imprescindible sin funciones de administración y gerencia).
Se pretende transmitir el porcentaje de capital restante a un hijo de ambos cónyuge, con el que no hay convivencia. Quedando el reparto, como algo por ejemplo, 15 ( ella en Gneral) 30 ( él en Reta) 55 ( nuevo socio, sólo capitalista)
¿ Lo veis correcto?
Gracias anticipadas!!!,
Sociedad compuesta por dos socios al 50% , cónyuges, ella es Administradora con funciones de administración y gerencia. Están en RETA los dos.
Se quiere encuadrar a la Administradora en Régimen General y que el otro socio permanezca en el régimen de autónomos
Dando vueltas a lo de siempre, opción posible: transmisión de participaciones para que la participación de ella sea menor a la tercera parte del capital, y para que la suma de las participaciones de ambos cónyuges no supere el 50% del capital. Ella finalizaría en el cargo de Administradora ( aunque no sería imprescindible sin funciones de administración y gerencia).
Se pretende transmitir el porcentaje de capital restante a un hijo de ambos cónyuge, con el que no hay convivencia. Quedando el reparto, como algo por ejemplo, 15 ( ella en Gneral) 30 ( él en Reta) 55 ( nuevo socio, sólo capitalista)
¿ Lo veis correcto?
Gracias anticipadas!!!,