enfermedad profesional

mariatorres

Nuevo miembro
Hola que tal, me llamo maria y espero que me podais ayudar, os voy a soltar un rollo de aupa a ver si me explico bien.

Trabajo en una instalacion deportiva de monitora de actividades, durante el mes de diciembre y enero he ido acusando un dolor de espalda (en la zona del hueso sacro) que ha ido derivando en ciatalgia. A dia uno de febrero me desplace al centro medico y el medico me ha dado la baja con diagnostico lumbago y enfermedad comun. Se lo llevo a la empresa que lo manda a la mutua ye estos me combocan para un examen medico (mas bien excasito limitado a preguntas y solo una prueba funcional) y ahi quedo la cosa. Resulta que cuando recibo la nomina veo que se me ha aplicado el criterio de enfermedad comun y vale ya se que la lumbalgia no sale como enfermedad profesional en la lista esa famosa de la segurida social pero en mi profesion y por definicion de enfermedad profesional la lumbalgia derivó de un esfuerzo continuado en posturas forzadas por lo que creo que deberia ser tramitada como enfermedad profesional.
Por otro lado mi nomina esta detallada de la siguiente forma:
Por un lado la casilla de BC Con Com = 1725,60 (no es asi todos lo meses ese mes cobramos 500 eu de objetivos de empresa anuales)
la Base AT/EP = 1725,60
prestaciones IT --> 13 unidades 517,68 eu
prestaciones oblig. Empresa -->12 unidades 414,14
total 931, 82 de donde con un IRPF = 14,18%, + 0,10% FP + 1,55% DE + 4,7% SS me descontaron 241,71eu cobrando asi 690,11 eu.
Nosotros en el convenio nos pone que en caso de EP la empresa pagadera esta obligada a pagarnos hasta el total de la base de cotizacion.
Alguien me podria decir  cual es mi base reguladora segun esta nomina ya que la del grupo de cotizacion es 738,90 (grupo 5) si esta todo bien calculado y si tendria que reclamar Enfermedad profesional y es su defecto que me paguen el 100% de la base de cotizacion???

muchas gracias y siento el toston que os acabo de mandar


Por cierto se me ovido mencionar dos cosas:
el convenio pone textualmente: " En caso de eccidente laboral o enfermedad profesional el trabajador tendra derecho a un complemento hasta el total de la base de cotizacion"
y ademas  por politica de empresa los trabajadores de como yo en caso de enfermedad comun la empresa nos paga el 100% de la base reguladora que ellos me dijeron que es 738,90 eu por eso quiero saber cual es exactamente mi base reguladora (que yo tenia entendido que era la base de contingencias del mes anterior entre 30 y multiplicada por el nº de dias del mes de la baja...pero no estoy segura..)
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo qeu se han equivocado al hacer la nómina. Simplemente. Eso sí, si siempre pagan el 100%, ahora, no te pueden quitar ese beneficio consolidado.
 
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