Envío certificado empresa SEPE " Baja 65 agotamiento IT"

JIMORRISON

Miembro
Buenas tardes,
Empresa recibe carta del INSS informa que hay que dar la baja al trabajador por el concepto " 65 agotamiento IT", lo más probable es que le den la invalidez permanente. ¿ Se tiene que enviar certificado de empresa al SEPE ?
 

Petrus

Miembro conocido
Buenas tardes,
Empresa recibe carta del INSS informa que hay que dar la baja al trabajador por el concepto " 65 agotamiento IT", lo más probable es que le den la invalidez permanente. ¿ Se tiene que enviar certificado de empresa al SEPE ?
No procede, no hay que enviar nada ni aunque le dieran la Incapacidad Permanente.
 

Bruja Piruja

Nuevo miembro
Mi empresa me ha dado Certificado de empresa por Motivo Agotamiento de IT Código 46
Desde el 18 de Febrero se acogen a su derecho de no pagarme ellos y ha he solicitado pago directo a FREMAP, quien se tiene contratado. BIEN hasta ahí aunque no se si el código es ese. ¿?
Yo estaba con una reducción del 30% por cuidado de Ascendiente dependiente que murió el día 27/01/24. Y eso quiere decir, que de forma automática la reducción queda extinguida con su fallecimiento. Pero en el Certificado sigue constando hasta el día 18 de febrero como que sigo reducida el 30%
Les he pedido que lo modifiquen y que deben rectificar desde el día 27/01/24 en adelante que es la fecha en la que muere mi madre y queda extinguida ña reducción.
Contestación: ¡ Ya está enviado a SEPE y de todas formas no se puede modificar ni extinguir NADA porque estás de baja!. Cuando te revise el Tribunal y ya puedas incorporarte nos avisas rápido y además nos haces un escrito advirtiendo de tu cambio de jornada y con el motivo. Aunque ya lo has advertido por email, pero cuando te incorpores.
1. ¿ Es cierto que no tienen que modificar NADA del certificado porque estoy de baja?
2. ¿ Es correcto el código? ( la idea Si es incorporarme a trabajar y no Incapacidad permanente)
3.. Si no es cierto que no pueden modificarlo, ¿ En qué me puede afectar que el Cetificado no exprese que mi reducción del 30% debería constar en 100% desde fecha 28 de enero?
Muchas gracias
 
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