ENVIO CONFIRMACION Y ALTA AT

MiriamSR

Miembro conocido
¿Estáis mandando estos partes? parece que han eliminado esta obligación que si aparecía en el BNR de febrero - estaba como excepción mandar las confirmaciones y altas en procesos por contingencias profesionales. Según me dicen en sistema red, lo eliminan o hacen la aclaración en el aviso Red del 15/06/2023 (que copio y pego abajo), pero yo no leo que hagan ninguna aclaración al respecto, sólo veo que habla de forma genérica respecto a las confirmaciones y altas, pero no habla respecto a la excepción que si establecían en aquél BNR.
¿me podéis decir donde corrigen esto?
Gracias

15/06/2023- Envío de datos económicos al INSS en los procesos de incapacidad temporal.

ENVÍO DE DATOS ECONÓMICOS AL INSS EN LOS PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL
Tal y como se informó en el BNR 3/2023, desde el pasado mes de abril, se ha suprimido la obligación de las empresas de transmitir información al INSS respecto de los partes de confirmación y de alta. No obstante, sí se mantiene la obligación de las empresas de remitir al INSS los datos económicos en los partes de baja y, siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa vía FIE/FIER.
Para adaptar el envío de los partes de IT por los usuarios del Sistema RED a la nueva normativa, se desarrolló una nueva versión – versión 6.0 – de los ficheros FDI y FRI, así como también se adaptó el servicio “Incapacidad Temporal Online” del Sistema RED Online. En este sentido, se recuerda la necesidad de que las empresas transmitan al INSS los datos económicos, incluidos los nuevos campos “puesto de trabajo” y “descripción de funciones” con el objetivo de mejorar el control de la incapacidad temporal. Asimismo, es importante que el INSS reciba esta información porque de ello depende su posterior envío, a través de protocolos informáticos, a las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y a los Servicios Públicos de Salud, entidades también competentes para controlar la incapacidad temporal.
Finalmente, se informa de que el envío de los datos económicos cuando se trata de regímenes 0521 no puede comunicarse por el FDI hasta que se desarrolle una nueva versión de SILTRA que permita el envío de esa información. Por lo tanto, en tanto se desarrolla la nueva versión de SILTRA, los datos económicos de los regímenes 0521 deben comunicarse al INSS, exclusivamente, a través el servicio “Incapacidad Temporal Online” del Sistema RED Online.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Nada, no he dicho nada. Sigo sin tener clara esta excepción, porque no se a cuando se refieren. Pero me vuelven a confirmar que no hay que presentarlos.
Gracias
 

Niema

Miembro activo
a mí me contestó el INSS Toledo que no había que remitir altas y confirmaciones de los AT.

Buenos días,

Gracias por la información



De los procesos de AT hay que enviar el alta?



Gracias


Buenos días.



No, solo tienen que informar los datos económicos del parte de baja.



Un saludo.








correo de fecha 29/06/2023
 
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