ERE reducción un dia a la semana

maroma

Nuevo miembro
HOLA!!! Cuanto tiempo, no es que no me hayan surgido dudas, es que no he tenido tiempo ni de consultarlas.
 

maroma

Nuevo miembro
Perdón, se me ha ido el cursor.
Veréis, tengo que hacer, me han planteado, un ERE en una empresa de unos 15 trabajadores, para reducir a todos ellos un dia a la semana la jornada, en concreto el viernes. Vamos que el trabajo que tienen les llega al jueves solamente, y llevan ´soportando esta situación varios meses, por tanto están decididos a hacerlo. Al plantearselo a los trabajadores estos no están de acuerdo, por el tema de tener que cobrar el desempleo (les da miedo que se reduzca su tiempo de prestación acumulado de dos años).

Tengo que mirar sobre el tema, pero me gustaría que me adelantaseis, a parte de la legislación, cuanto perderían ellos por ese día que cobraran de "paro", xq ellos creen que va a ser una barbaridad; de todas formas, ya os digo que sin haber mirado nada todavía, entiendo que aunque vayan consumiendo, tambien siguen cotizando ¿no? una cosa por la otra.

Pues nada lo dicho, si me aportais alguna idea mucho mejor, y muchas gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Mirate la reforma laboral; pueden recuperar hasta 180 días de prestación perdida. Si es el 20% de la jornada el que se rebaja, pues, imagina; pueden estar hasta 900 días.
 

fundación

Miembro conocido
Cito de la Ley 35/2010, art. 9.Tres que modifica la Ley 27/2009...

Tres. El apartado 1 del artículo 3 queda redactado en los siguientes términos:

1. Cuando se autorice a una empresa, en virtud de uno o varios expedientes de regulación de empleo o procedimientos concursales, a suspender los contratos de trabajo, de forma continuada o no, o a reducir el número de días u horas de trabajo, y posteriormente se autorice por resolución administrativa en expediente de regulación de empleo o por resolución judicial en procedimiento concursal la extinción de los contratos, o se extinga el contrato al amparo del artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, los trabajadores afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas autorizaciones con un límite máximo de 180 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

          1. Que las resoluciones administrativas o judiciales que autoricen las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2011, ambos inclusive;
          2. Que el despido o la resolución administrativa o judicial que autorice la extinción se produzca entre el 18 de junio de 2010 y el 31 de diciembre de 2012.

 

MOLOKAI

Nuevo miembro
LA NORMATIVA SE CONOCE, LO QUE SE PIDE EN LA PREGUNTA NO SON LECCIONES SINO ACLARACIONES CON EJEMPLOS DIDACTICOS NO CONFERENCIAS TEORICAS. SE PIDE SABER CUANTOS DIAS SE PODRIAN PERDER DE DESEMPLEO PARA VER SI ALCANZAN O NO LOS 180 DIAS DE LA NORMATIVA.D

  MOLOKAI- GDO.SOCIAL EJERCIENTE-ASTURIAS.
 

fundación

Miembro conocido
Una cosa es predicar y otra dar trigo, por lo que veo.

Y por cierto, escribir en mayúsculas en Internet es considerado gritar por la netiqueta aceptada. Sin ánimo de polémicas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Molokai; por un lado, la ley habla de recuperar hasta 180 días de prestación. Pero, a los efectos de calcular los días a recuperar, lo harás como sigue: cada día gastado es en proporción a lajornada. Por tanto, si gastas el 20% de jornada (1 día a la semana); pues podrías estar hasta 900 días; 180 días = 180 * 5 (sólo gastas el 20% de la jornada).
 

fundación

Miembro conocido
Fernando, en tu ejemplo si están hasta 900 días naturales en ERE con desempleo total por un día no trabajado, ¿qué pasaria con uno de los requisitos de recuperación si luego hay despido?, dado que ese hipotético ERE se extendería hasta más allá de 31/12/2012 y por tanto no cumple el requisito de que en su caso se extingan los contratos mediante autorización.

 
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