hola, de momento la incompatibilidad sigue. La solución del Casia dice lo siguiente:
Resolución del Caso
Tienes que tramitar baja y alta, por transformación no te deja al tener el colectivo. Finalmente, se manifiesta que esta información se presta en virtud del derecho que le asiste, de conformidad con el artículo 53.f), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndole que dicha información no produce más efectos que los puramente ilustrativos y de orientación, no siendo vinculante respecto de ulteriores actuaciones que sobre la cuestión planteada se pudieran efectuar. Un saludo