Error mandar modelo 115

José2022

Miembro activo
Buenas compañeros,

A ver si algún compañero me puede orientar en esto:

1º Trimestre , se mete una factura con retención del 19% en el modelo 111 cuando tendría que ser por el modelo 115, por un alquiler que hubo de un local en enero.

Ahora al hacer el 190 me doy cuenta del error. ¿Puede hacer esto o debería añadir algo más?

1º Hacer el modelo 036 con fecha por ejemplo 1.1.2025 y baja el 31.1.2025.

2º Hacer el modelo 180 poniendo la base de la retención y la retención correspondiente a esa factura.

3º Hacer en el modelo 111 4ºt el ajuste y quitar así la base de la retención y la retención del 1º trimestre para cuando presente el modelo 190 realmente se ajuste
a las retenciones de los trabajadores y de las actividades ecónomicas.

3ºHacer un escrito a hacienda diciendo que en el 1º trimestre se metió una base de retención y una retención de forma errónea y que se tenía que haber metido en el modelo 115 y solicitar hacer ese cambio de oficio y así con el cambio que hagan ellos se cuadra el modelo 115 con el modelo 180 que presento

¿Porque si hago yo ahora el modelo 115 del 1º T y pongo la cantidad correspondiente fuera de plazo me sancionarán ?


¿Harías algo más o quitaríais algo de ahí?

Muchas gracias de antemano
 

Cachilipox

Miembro conocido
Pues me parece que esto va a ser un lío pardo tirando a leopardo.....
Salvo que otros compis conozcan procedimientos menos dañosos, para mi que te va a costar 2 sanciones por extemporánea.

Lo de alta y baja censal tan tardía, para una cosa puntual que ya fue y no es, no creo que te sirviese de nada.

Hacer el modelo 180 0A 2025 ahora es lo correcto y preceptivo.

Eso arrastra a que habría que presentar y pagar, de forma extemporánea, el 115 1T 2025, y eso llevará una sanción.

A su vez, deberías presentar una declaración rectificativa extemporánea 111 1T 2025, para fundamentar la solicitud de ingresos indebidos, y que la cosa cuadre para el 190 0A 2025. Y eso también llevará sanción.

Lo de explicarles amablemente, y que ellos de oficio te cambien lo pagado en el 111 por lo debido en el 115, me parece que va a ser que no.
 

José2022

Miembro activo
Gracias por la repuesta.

No digo que cambien de oficio lo pagado en el 111 por lo debido . Solo que esa cantidad pagada ellos hagan de oficio el modelo 115 y así concuerda con el 180 que yo haga. El dinero de la retención ya lo tienen ellos allí desde el 1 trimestre. Se ha pagado .
No sé si me explico
 

Cachilipox

Miembro conocido
Sí, pero no.
Ellos saben que hay un dinero pagado, que corresponde a una retención de unos rendimientos o del trabajo o de actividades económicas.
Y realmente es un dinero que corresponde a otro obligado tributario, por otro tipo de rendimientos, los rendimientos inmobiliarios.

Bueno, lo sabrán cuando presentes los modelos 180 y 190.
Y claro, no es aconsejable presentar esos modelos informativos descuadrados de las correspondientes autoliquidaciones trimestrales.

El procedimiento es pagar dos veces, y solicitar una devolución. Así queda todo cuadrado y niquelado. Eso sí, hay sanciones de por medio. Es el coste del error.
 

Simpan

Miembro activo
Personalmente, me plantearía la opción de compensar el 111 del 4T con el del 1T.

Y lo correcto sería presentar fuera de plazo el 115 y 036. Realmente creo que el recargo sería de un 1% por cada mes transcurrido, ¿no? Si no, ya arriesgándote, y siendo incorrecto, sería decir que es del 4T.
 
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