Buenas,
Vamos a presentar un ERTE de suspensión por causas ETOP con 14 trabajadores por 1 año. Se pretende crear dos grupos que irán rotando cada 15 días, es decir, en un mes cada grupo tendrá 15 días de actividad y otros 15 días de suspensión. Pongamos que la fecha de inicio del ERTE es el próximo 1 de Junio. El problema que tengo es que el día 1 tendré a 7 trabajadores trabajando y a otros 7 con inactividad.
Tengo muchas dudas en relación a las prestaciones por desempleo
1) No hace falta que se inscriban como demandantes, ¿verdad?
2) Cuando mande la plantilla para el cobro de las prestaciones al SEPE, ¿qué hago? ¿a un grupo le pongo fecha de inicio de la suspensión el día 1 de Junio y a otros el día 16 aunque el ERTE se pida en principio para todos desde el día 1 de Junio?
3) ¿Los períodos de actividad se mandan a mes vencido?. Es decir, ¿los períodos de actividad de Junio tendría que enviarlos en Julio?.
4) Cuando envíe el acuerdo empresarial al SEPE, ¿tengo que enviar acompañándolo el calendario previsto con las fechas en que previsiblemente los trabajadores van a prestar servicios?
Pensé que me iba a librar de este rollo, pero al final no tuve suerte
Un poco de ayuda, por fi!
Vamos a presentar un ERTE de suspensión por causas ETOP con 14 trabajadores por 1 año. Se pretende crear dos grupos que irán rotando cada 15 días, es decir, en un mes cada grupo tendrá 15 días de actividad y otros 15 días de suspensión. Pongamos que la fecha de inicio del ERTE es el próximo 1 de Junio. El problema que tengo es que el día 1 tendré a 7 trabajadores trabajando y a otros 7 con inactividad.
Tengo muchas dudas en relación a las prestaciones por desempleo
1) No hace falta que se inscriban como demandantes, ¿verdad?
2) Cuando mande la plantilla para el cobro de las prestaciones al SEPE, ¿qué hago? ¿a un grupo le pongo fecha de inicio de la suspensión el día 1 de Junio y a otros el día 16 aunque el ERTE se pida en principio para todos desde el día 1 de Junio?
3) ¿Los períodos de actividad se mandan a mes vencido?. Es decir, ¿los períodos de actividad de Junio tendría que enviarlos en Julio?.
4) Cuando envíe el acuerdo empresarial al SEPE, ¿tengo que enviar acompañándolo el calendario previsto con las fechas en que previsiblemente los trabajadores van a prestar servicios?
Pensé que me iba a librar de este rollo, pero al final no tuve suerte
Un poco de ayuda, por fi!