ERTE Hosteleria Cataluña

Saralaboral2

Miembro activo
Pedro , nunca renuncies al de FM.

Yo no lo tengo tan claro pero porque veo un lio impresionante.

Tengo un bar en FM PARCIAL, que pensábamos comunicarlo a erte por limitación desde el 01/10/2020, entonces la BR son las mismas.
Ahora con la resolución SLT/2546/2020 nocturna ( por cierto, si hay toque de queda a los ciudadanos también se pueden aplicar el cuento) , la idea era incluirlos , lo que tal vez comunique 2 excels lilas, y todos están con erte de limitación porque esto va para largo, se han cargado el negocio.
 

Pedro G

Miembro
Sara, si el cierre durase sólo 15 días, hasta me planteo no presentar el de IMPEDIMENTO, ya que en octubre ambos tienen el 100% de bonificación. Lo malo que lo alarguen.

Son una panda de inútiles, en serio.
 

Saralaboral2

Miembro activo
inútiles no lo siguiente.
Creía que me podía saltar un paso veo que no.

Vale, entonces si yo presento el erte de limitación va el pack completo, nuevo Excel, nuevas BR, nuevos certificados de empresa.
Pero puedo hacerlo con fecha 01/10/2020 los ertes que tengo y quieren exonerarse, si lo presento antes del 20/10/2020?
 

Sergei

Miembro conocido
Han habilitado el trámite directo por la SLT/2546/2020 en Gencat.
Un poco más y lo presento por el tramite de fm anterior...
https://canalempresa.gencat.cat/ca/integraciodepartamentaltramit/tramit/PerTemes/Procediment-dacomiadament-collectiu-de-suspensio-de-contractes-i-de-reduccio-de-jornada-arts.-47-i-51-ET?category=&moda=1
 

plosada

Miembro
Sergei dijo:
Han habilitado el trámite directo por la SLT/2546/2020 en Gencat.
Un poco más y lo presento por el tramite de fm anterior...
https://canalempresa.gencat.cat/ca/integraciodepartamentaltramit/tramit/PerTemes/Procediment-dacomiadament-collectiu-de-suspensio-de-contractes-i-de-reduccio-de-jornada-arts.-47-i-51-ET?category=&moda=1

Gracias
 
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