Pedro G
Miembro
Acabo de recibir esto de la TGSS:
Buenos días,
Según se ha tenido conocimiento por esta Tesorería General de la Seguridad Social, la autoridad laboral está exigiendo a las empresas que quieren acogerse a los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimentos o limitaciones en el desarrollo de la actividad regulados en el artículo 2 del RDL 30/2020, de 29 de septiembre de 2020, su previa renuncia al expediente de regulación de empleo que tuvieran concedido.
Yo no he hecho ninguna renuncia a los anteriores... y claro, me surge la duda de si debo renunciar al FM, pedir limitación, renuncia a éste para pedir IMPEDIMENTO con posterior renuncia para pedir nuevamente LIMITACIÓN...
Buenos días,
Según se ha tenido conocimiento por esta Tesorería General de la Seguridad Social, la autoridad laboral está exigiendo a las empresas que quieren acogerse a los expedientes de regulación temporal de empleo por impedimentos o limitaciones en el desarrollo de la actividad regulados en el artículo 2 del RDL 30/2020, de 29 de septiembre de 2020, su previa renuncia al expediente de regulación de empleo que tuvieran concedido.
Yo no he hecho ninguna renuncia a los anteriores... y claro, me surge la duda de si debo renunciar al FM, pedir limitación, renuncia a éste para pedir IMPEDIMENTO con posterior renuncia para pedir nuevamente LIMITACIÓN...