erte no covid con dias afectados sueltos

AnaZ

Miembro activo
buenos dias, hoy me estreno y ya van dos peticiones de info en el foro...
bueno pues el caso es que me estan planteando un erte ETOP NO COVID de suspension por dias sueltos. El ERTE en cuestion seria propuesto por una duracion de 6 meses dsd 01/01/22 a 30/06/22 pero que suspenderan sólo 90 dias a cada trabajador...regalito para navidad...

A la AL indicaré erte desde 01/01/22 a 30/06/22, igual que a ITSS...
Pero he aqui donde tengo el dilema pq nunca he tenido ertes de este tipo.
Por ejemplo si se acuerda que se suspende:
del 15 de enero a 25 de enero a un trabajador A
del 26 de enero a 15 de febrero a un trabajador B
16 febrero a 28 de febrero al trabajador A y a otro trabajador C
al trabajador D no le suspenden finalmente ningun dia....en todo el erte (q tb puede pasar...dependiendo de como vaya todo)

Mis dudas son:

Debo enviar los certificados de empresa al sepe de estos trabajadores con indicacion de bases de los ultimos 180 dias, pero cuáles 180 dias previos? los previos al inicio del ERTE como tal es decir de 31/12/21 para atras? o los previos a cuando inicien cada cual la suspensión dentro del erte que puede variar dependiendo de la fecha en la que inicien la suspensión?

En su caso, las solicitudes de prestacion de desempleo, que entiendo deberán tramitárselo ellos, no sé cuando deben solicitarlas...cuando inicien la primera suspensión? o bien solicitarlas desde el 01/01/22 y luego con los periodos de actividad enviados a mes vencido mecanizar si trabajan o suspenden y asi el paro paga o no paga en funcion de lo que realicen?

Y en cuanto a la ITSS, pensaba hacer los envios previos de calendarios mensuales PROCERE para no liarme mucho, pues los dias de suspension se iran acordando asi, mensualmente según entren los servicios.

No se, si alguien me puede orientar un poco, agradecida quedo.
 
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