ERTE SUSPENSION O REDUCCION??

tachca

Miembro
Empiezo a estar muy espesa... alguien podría decirme cual es la forma correcta de informar y tramitar las prestaciones de los trabajadores de un ERTE con los siguientes requisitos:

- Trabajadores a los que  les ha reducido la jornada al 55% pero realizan esta de forma irregular, es decir, no todos los días acuden a su puesto de trabajo las mismas horas siendo su jornada irregular pero constante de lunes a viernes. En este caso entiendo que hablaríamos de reducción de jornada y no habría que comunicar periodos de actividad al SEPE porque se acuden todos los días a trabajar.

- Trabajadores a los que se les ha reducido la jornada por jornadas completas, es decir, algunos días no van a trabajar; en este caso tengo claro que tengo que informar mensualmente los periodos de actividad, pero en el fichero de solicitud colectiva de prestaciones, que tipo de medida debo indicar, entiendo que la de suspensión, verdad??

Después de dos meses trabajando una media de 10 horas de lunes a domingo ya dudo de todo.... a la que acabe esto cambio de trabajo, ya os lo digo.

Muchísimas gracias a todos porque no os podéis hacer una idea de la gran ayuda que me estáis dando estos meses en este foro.
 

tachca

Miembro
Alguien que me arroje un poco de luz sobre este tema? por lo que estoy viendo todo el mundo habla de reducción de jornada aunque el trabajador falte jornadas completas, pero esque al paro no puedo comunicar que la medida es reducción de jornada porque nose cual es el porcentaje de reducción ya que va a variar mensualmente, por eso creía que podía comunicar que la medida es de suspensión, para poder mandar los periodos de actividad mensualmente.. que me estoy volviendo un poco loca con este tema....
 
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