Saralaboral2
Miembro activo
Hola
Se que este caso más o menos se ha hablado en otro post que he ido mirando pero dentro de lo malo podías decirme que puedo hacer.
La empresa es una escuela de idiomas que ha tenido que presentar un ERTE de FM TOTAL. Tiene los siguientes trabajadores.
1 Indefinido
6 fijos discontinuos Inicio cto 01/09/2019
2 duración determinada indicando que es por curso escolar, inicio cto 01/09/2019 vencimiento 22/06/2020
2 duración determinada indicando acumulación de tareas. Se han hecho porque hubo bajas voluntarias de profesoras, inicio cto 15/01/2020 y 10/03/2020 vencimiento 22/06/2020
Las temporales es la primera vez que trabajan esta escuela.
Este año no habrán clases en julio y en septiembre no saben quien volverá todo dependerá de las matriculas que haya.
Si mantengo al ERTE hasta el 30/06/2020 y los doy de baja porque no tengo trabajo para ellos, eso es demostrable no hay niños, no hay matriculas, no hay clases. Si me lo decís todos no sé puede que cuele y se crea un precedente.
Pero otra cosa, son los tipos de contrato que al comunicar el vencimiento no se mantiene el empleo, y me imagino que las alarmas sonaran, luego habrá que jusitifcarlo ante TGSS e IT.
Y tener varias personas contratas sin trabajar tampoco tiene mucho sentido, y hacer un ERTOP.
Buff, menudo lio nos han metido
Se que este caso más o menos se ha hablado en otro post que he ido mirando pero dentro de lo malo podías decirme que puedo hacer.
La empresa es una escuela de idiomas que ha tenido que presentar un ERTE de FM TOTAL. Tiene los siguientes trabajadores.
1 Indefinido
6 fijos discontinuos Inicio cto 01/09/2019
2 duración determinada indicando que es por curso escolar, inicio cto 01/09/2019 vencimiento 22/06/2020
2 duración determinada indicando acumulación de tareas. Se han hecho porque hubo bajas voluntarias de profesoras, inicio cto 15/01/2020 y 10/03/2020 vencimiento 22/06/2020
Las temporales es la primera vez que trabajan esta escuela.
Este año no habrán clases en julio y en septiembre no saben quien volverá todo dependerá de las matriculas que haya.
Si mantengo al ERTE hasta el 30/06/2020 y los doy de baja porque no tengo trabajo para ellos, eso es demostrable no hay niños, no hay matriculas, no hay clases. Si me lo decís todos no sé puede que cuele y se crea un precedente.
Pero otra cosa, son los tipos de contrato que al comunicar el vencimiento no se mantiene el empleo, y me imagino que las alarmas sonaran, luego habrá que jusitifcarlo ante TGSS e IT.
Y tener varias personas contratas sin trabajar tampoco tiene mucho sentido, y hacer un ERTOP.
Buff, menudo lio nos han metido