ESPECIE RETA SOCIETARIO

Niema

Miembro activo
buenos días
nos ha llegado un societario nuevo y solo tiene una imputación en especie de un coche, es decir, solo percibe salario en especie de la sociedad.
Entendemos que aunque sea autónomo societario le aplican los mismos límites establecidos en la LIRPF, en lo relativo al máximo del 30% del salario en especie.
Es decir, que estaría mal, porque no percibe salario y solo una imputación relativa a un salario en especie.
lo véis como nosotros?
mersi!!!
 

Cachilipox

Miembro conocido
La limitación porcentual del salario en especie NO ES de la LIRPF, no es un tope fiscal, sino laboral, del ET (art. 26.1).
Esa limitación porcentual absoluta se aplica a todas las relaciones laborales, tanto las comunes como las RLCE.

Para lo que no sea relación laboral (con independencia que en IRPF sea declarado, por asimilación, como rentas del trabajo), la LIRPF solo define las "rentas en especie" (art. 42), pero no topa a un determinado %.
 

RGG1980

Miembro activo
es reta, por lo tanto no le es de aplicacion el EStatuto de los Trabajadores.

Cosa muy distinta es que utilicemos las tablas del convenio, la estructura del convenio, y el formato nomina para tener una base comparada de valor de mercado pero lo del 30 % entiendo s.m.o. que es solo para ASALARIADOS en terminos laborales
 
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