ESTO YA ES EL COLMO DE LA ABSURDEZ.

YOLI

Miembro activo
Hola a todos,

os copio y pego lo que me acaba de llegar de Tesorería referente a variación de datos con los contratos nuevos 402. Ya no saben que hacer para complicarlo todo un poco más. En fin, sin comentarios...Esto lo han hecho para no tener que trabajar ellos, en fin...

De: TGSS ZARAGOZA USUARIOS RED, COMUNICADOS <>
Enviado el: jueves, 28 de abril de 2022 11:08
Para: Undisclosed recipients:
Asunto: CORRECCIÓN ALTAS INCORRECTAS TRAMITADAS A TRAVÉS DEL SISTEMA RED



Este mensaje se ha generado de forma automática. No responda a este correo. Este buzón no admite correos de entrada. Todas las consultas, errores/incidencias y trámites, deben formalizarse a través de CASIA (Boletín de Noticias RED 07/2020)

Buenos días.

La entrada en vigor del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo ha supuesto la modificación de las condiciones de una serie de contratos de trabajo que han repercutido en su gestión en el Sistema RED.

Como asuntos principales podemos destacar la obligatoriedad de cumplimentar el campo de COLECTIVO DE TRABAJADORES en alguno de los contratos, lo que ha supuesto la imposibilidad de efectuar correcciones en los supuestos de error en las altas y de mecanizar determinadas variaciones de datos en esos contratos. Este impedimento afecta tanto a los usuarios del Sistema RED como a los usuarios de la TGSS.

La problemática se ha producido especialmente con los contratos por circunstancias de la producción, en los que además de identificarse el TIPO DE CONTRATO con los valores 402 ó 502, según proceda, se deberá anotar en el campo COLECTIVO DE TRABAJADORES uno de los valores que se indican a continuación:

968 – CT CIRCUNSTANCIAS PRODUCCIÓN PREVISIBLES

967 – CT CIRCUNSTANCIAS PRODUCCIÓN

Habiendo transcurrido un mes desde la entrada en vigor “completa” de la Reforma Laboral, tiempo suficiente para habituarse a las innovaciones en la gestión ocasionadas por la norma, a partir del 1 de mayo se va a seguir el tratamiento de las incidencias que se puedan originar de acuerdo el nuevo procedimiento establecido.

A continuación, se señalan las cuestiones que se pueden suscitar y la manera de actuar para su corrección:

  • El autorizado RED tramitó un alta incorrecta y no todavía no ha transcurrido el plazo que permite al propio autorizado RED su anulación. Para corregir esta situación el autorizado puede actuar de dos maneras:
  • El propio autorizado puede anular el alta y volverla a grabar con los datos correctos. La consecuencia es que se reflejaría un alta fuera de plazo.
  • El propio autorizado RED puede tramitar una baja del movimiento incorrecto y tramitar un alta consecutiva con los datos correctos. De esta manera, se evita el alta fuera de plazo, pero las fechas de efectos de estos movimientos no se van a modificar.
  • El autorizado RED tramitó un alta incorrecta y ya ha transcurrido el plazo que permite al propio autorizado RED su anulación. Para corregir esta situación se debe actuar de la siguiente manera:
  • El propio autorizado debe tramitar una baja del movimiento incorrecto y un alta consecutiva con los datos correctos. En este supuesto, las fechas de efectos de estos movimientos no se van a modificar.
  • El autorizado tramitó un alta correcta y, a los días, se pretende una modificación del tipo de contrato.
  • Como ya se ha señalado, no se puede mecanizar como variación de datos, por lo que el procedimiento es que el propio autorizado RED tramite un una baja y un alta consecutiva. Las fechas de efectos de estos movimientos no se van a modificar.
Por las razones indicadas les insistimos en la necesidad de observar la máxima cautela en la tramitación de los movimientos de error para evitar la generación de errores o de movimientos fuera de plazo. Se les informa que se ha solicitado a nuestros Servicios Centrales que se modifiquen los parámetros técnicos, tanto de sus transacciones como de las nuestras, de forma que se puedan tramitar estas correcciones de errores y variaciones de datos como hasta ahora.

Un saludo.
 

MarLo

Miembro conocido
Hola a todos,

os copio y pego lo que me acaba de llegar de Tesorería referente a variación de datos con los contratos nuevos 402. Ya no saben que hacer para complicarlo todo un poco más. En fin, sin comentarios...Esto lo han hecho para no tener que trabajar ellos, en fin...

De: TGSS ZARAGOZA USUARIOS RED, COMUNICADOS <>
Enviado el: jueves, 28 de abril de 2022 11:08
Para: Undisclosed recipients:
Asunto: CORRECCIÓN ALTAS INCORRECTAS TRAMITADAS A TRAVÉS DEL SISTEMA RED



Este mensaje se ha generado de forma automática. No responda a este correo. Este buzón no admite correos de entrada. Todas las consultas, errores/incidencias y trámites, deben formalizarse a través de CASIA (Boletín de Noticias RED 07/2020)

Buenos días.

La entrada en vigor del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo ha supuesto la modificación de las condiciones de una serie de contratos de trabajo que han repercutido en su gestión en el Sistema RED.

Como asuntos principales podemos destacar la obligatoriedad de cumplimentar el campo de COLECTIVO DE TRABAJADORES en alguno de los contratos, lo que ha supuesto la imposibilidad de efectuar correcciones en los supuestos de error en las altas y de mecanizar determinadas variaciones de datos en esos contratos. Este impedimento afecta tanto a los usuarios del Sistema RED como a los usuarios de la TGSS.

La problemática se ha producido especialmente con los contratos por circunstancias de la producción, en los que además de identificarse el TIPO DE CONTRATO con los valores 402 ó 502, según proceda, se deberá anotar en el campo COLECTIVO DE TRABAJADORES uno de los valores que se indican a continuación:

968 – CT CIRCUNSTANCIAS PRODUCCIÓN PREVISIBLES

967 – CT CIRCUNSTANCIAS PRODUCCIÓN

Habiendo transcurrido un mes desde la entrada en vigor “completa” de la Reforma Laboral, tiempo suficiente para habituarse a las innovaciones en la gestión ocasionadas por la norma, a partir del 1 de mayo se va a seguir el tratamiento de las incidencias que se puedan originar de acuerdo el nuevo procedimiento establecido.

A continuación, se señalan las cuestiones que se pueden suscitar y la manera de actuar para su corrección:

  • El autorizado RED tramitó un alta incorrecta y no todavía no ha transcurrido el plazo que permite al propio autorizado RED su anulación. Para corregir esta situación el autorizado puede actuar de dos maneras:

  • El propio autorizado puede anular el alta y volverla a grabar con los datos correctos. La consecuencia es que se reflejaría un alta fuera de plazo.
  • El propio autorizado RED puede tramitar una baja del movimiento incorrecto y tramitar un alta consecutiva con los datos correctos. De esta manera, se evita el alta fuera de plazo, pero las fechas de efectos de estos movimientos no se van a modificar.

  • El autorizado RED tramitó un alta incorrecta y ya ha transcurrido el plazo que permite al propio autorizado RED su anulación. Para corregir esta situación se debe actuar de la siguiente manera:

  • El propio autorizado debe tramitar una baja del movimiento incorrecto y un alta consecutiva con los datos correctos. En este supuesto, las fechas de efectos de estos movimientos no se van a modificar.

  • El autorizado tramitó un alta correcta y, a los días, se pretende una modificación del tipo de contrato.
  • Como ya se ha señalado, no se puede mecanizar como variación de datos, por lo que el procedimiento es que el propio autorizado RED tramite un una baja y un alta consecutiva. Las fechas de efectos de estos movimientos no se van a modificar.
Por las razones indicadas les insistimos en la necesidad de observar la máxima cautela en la tramitación de los movimientos de error para evitar la generación de errores o de movimientos fuera de plazo. Se les informa que se ha solicitado a nuestros Servicios Centrales que se modifiquen los parámetros técnicos, tanto de sus transacciones como de las nuestras, de forma que se puedan tramitar estas correcciones de errores y variaciones de datos como hasta ahora.

Un saludo.
gracias por la info, qué barbaridad, cómo han aprovechado la pandemia para automatizar y despersonalizar todo. En otro hilo contaba cómo necesité cambiar un 402 967 por un 410 debido a un cambio de última hora, y después de un casia me pusieron ellos en plazo el 410 con la aclarción de que no me iban a sancionar. Se ve que se acabó el periodo de gracia.

¿Lo entiendo mal o si te equivocas con un 967 968 no te dan ni la opción de modificarlo en plazo con un casia? parece que dicen que te jodes y o anulas y haces las cosas fuera de plazo y te cae sanción, o das baja y alta nueva seguidas y no te cambian fechas. Qué cabronada todo! esto es agotador...
 

pepelu

Miembro activo
Esta semana tenía que transformar a indefinido un contrato temporal con colectivo 967. Su sistema no lo permite pues no se puede quitar el colectivo al hacer la transformación. Me dijeron que hicera la baja un dia y al día siguiente alta con 189. ¿no pueden corregir el sistema para que te permita quitar el colectivo del trabajador y no hacer estas chapuzas?
 

E2021

Miembro activo
Buenos días, yo tb quise hacer un cambio de contrato de un 402 - 967 a un 100 y he tenido que hacer dos casias y una llamada al S.Red, porque no me podía creer que no pudiera hacer el cambio, me han anulado el alta 402, he tenido que hacer alta fuera de plazo y ahora estoy a la espera de que me pongan la fecha de efectos del alta en plazo, pero vamos, entiendo que lo van a hacer porque ellos me han indicado cómo tenía que hacerlo.
 

MarLo

Miembro conocido
Esta semana tenía que transformar a indefinido un contrato temporal con colectivo 967. Su sistema no lo permite pues no se puede quitar el colectivo al hacer la transformación. Me dijeron que hicera la baja un dia y al día siguiente alta con 189. ¿no pueden corregir el sistema para que te permita quitar el colectivo del trabajador y no hacer estas chapuzas?
pues fíjate que yo tengo ahora una transformación de un 502 968 a un 289 para el día 01/05. Claro, el 01/05 es domingo y festivo, menuda historia si no me deja transformar el lunes con fecha del domingo, como para andar luego con altas fuera de plazo y esas movidas. O dejo que el temporal se prorrogue un día más (q no es lo más adecuado) o zanjo ahora el asunto haciendo baja el 30/04 y alta 289 el 01/05 como te dijeron a ti... igual tiro por ahí y no me arriesgo que no me deja hacer los movimientos el lunes
 

CHARO

Miembro conocido
pues fíjate que yo tengo ahora una transformación de un 502 968 a un 289 para el día 01/05. Claro, el 01/05 es domingo y festivo, menuda historia si no me deja transformar el lunes con fecha del domingo, como para andar luego con altas fuera de plazo y esas movidas. O dejo que el temporal se prorrogue un día más (q no es lo más adecuado) o zanjo ahora el asunto haciendo baja el 30/04 y alta 289 el 01/05 como te dijeron a ti... igual tiro por ahí y no me arriesgo que no me deja hacer los movimientos el lunes
Yo no me arriesgaría a esperar al lunes, tal y como está la cosa...
 

DANI ML

Miembro conocido
pues fíjate que yo tengo ahora una transformación de un 502 968 a un 289 para el día 01/05. Claro, el 01/05 es domingo y festivo, menuda historia si no me deja transformar el lunes con fecha del domingo, como para andar luego con altas fuera de plazo y esas movidas. O dejo que el temporal se prorrogue un día más (q no es lo más adecuado) o zanjo ahora el asunto haciendo baja el 30/04 y alta 289 el 01/05 como te dijeron a ti... igual tiro por ahí y no me arriesgo que no me deja hacer los movimientos el lunes
Yo haría eso mismo.
 

MarLo

Miembro conocido
Yo haría eso mismo.
ya esta hecho. pero claro... tuve que hacer la baja del 502 como una baja qué? puse baja fin de contrato... :confused: el 289 previo entró bien, pero no me fío. El lunes comprobaré que estos los dos movimientos consolidados. también pude hacer baja fin y 200, pero joer... si es transformación es transformación... no tengo porque hacer finiquito y liquidación
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Yo también intenté hacer una transformación esta semana. Cómo no podía y era por la tarde, y por no dejarlo para el día siguiente hice por mi cuenta y riesgo la baja y el alta y lancé un CASIA. A la mañana siguiente me llamaron del provincial y me dijeron que había hecho lo que tenía que hacer, y la funcionaria que me llamó sin decir yo nada dijo que era una chapuza y que no se enteraban de nada... para que veáis lo que os digo yo alguna vez que algunos de ellos también están hasta el gorro de tanta guarrería, y lo gracioso es que me ví yo misma diciéndole que no pasaba nada, por que la sentí un tanto alterada ... me parto.... Aunque es para llorar realmente.
 
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