msalem dijo:
a ver si yo me entero, porque voy muy perdida: los trabajadores en reducción de jornada, por ejemplo reducción del 20% de su jornada con prestación de servicio todos los días. Los días que estén en vacaciones, la parte de reducción de su jornada de los días que estén de vacaciones no los paga el sepe y si los paga la empresa? entiendo por ejemplo que:
reducción de jornada del 20% y vacaciones del 15 al 30 de julio, si ese 20% no lo percibe del sepe y se lo tendrá que abonar la empresa? entonces es como si le abonaras una nómina mensual normal, es así?
y respecto a la exoneración, hay en esos días?
El SEPE no debería abonar prestación por esos días. Otra cosa es la remuneración de las vacaciones que por esos días deba abonar la empresa. Yo, por ejemplo, he tenido un caso en junio con vacaciones los días 23, 24, 25 y 26 de junio de trabajador en ERTE de reducción al 20% diario (como el caso que dices). Envié periodo de actividad al SEPE por ese trabajador indicando el código 06 de vacaciones en esos 4 días.
En cuanto a la nómina, esos días se los aboné a jornada completa pero simplemente para ahorrar trabajo y evitar el cálculo de los importes proporcionales. En realidad, se deberían abonar teniendo en cuenta la proporcionalidad de la remuneración (en algún artículo doctrinal sobre la materia de las vacaciones y ERTE, he visto que se proponía cuantificar el salario anual previsto para este año, teniendo en cuenta las diferencias de jornada, dividirlo entre 366 y multiplicar por los días de vacaciones).
En cuanto a exoneraciones, no es un ERTE FM, por lo que no afecta pero sí que te diré que quité la inactividad y al acabar las vacaciones la volví a poner. Entiendo que con esa operativa, no hubiera podido bonificarme. No obstante, la operativa para los ERTE FM parcial es distinta, pues se bonifica la parte trabajada (reincorporación) siempre y cuando no se haya renunciado totalmente al ERTE, por lo que es posible bonificar a los que se hayan reincorporado al 100%, sin estar ya en el ERTE (otra cosa es lo de si conviene hacerlo o no, lo de qué pasaría ante una inspección y que se tuviera que justificar el porqué de la no renuncia al ERTE... etc.). En base a esto, entiendo que se podría seguir exonerando. Ahora bien, lo prudente es esperar a ver qué pasa, como dice Fundación.