EXCEDENCIA CUIDAD DE UN MENOR

GRUC

Nuevo miembro
Si no estoy equivocada si una mujer se coge excedencia por cuidad de un menor, se cuenta el año desde que lo solicitas y no desde el nacimiento del menor.El caso es una mujer con un niño de 15 meses  quiere una excedencia de 6 meses.¿tendría esta reserva de puesto?yo entiendo que sí, pq no es desde el nacimiento.
¿que ocurriria si una vez reincorporada a los pocos meses es despedida por causas objetivas?¿que bases se tomarian para el inem?Gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Asé es; desde que la solicitas. La base sería la del salario en el momento en que cogió la excedencia o el que tuviese derecho a cobrar.
 

fundación

Miembro conocido
El ET no indica que este derecho de excedencia deba hacerse en la fecha de nacimiento del hijo sino que tiene una duración máxima de 3 años desde dicha fecha, siendo la edad del hijo la que marca la vigencia de la duración del disfrute.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, la excedencia debe darse mientras el hijo sea menor de 3 años.
Pero mientras que a efectos de la reserva del mismo puesto de trabajo el inicio del cómputo del año coincide con el inicio de la excedencia (y que no tiene porque coincidir con el nacimiento), el máximo de 3 años sí que es respecto a la fecha de nacimiento del hijo (a partir del año, y siempre dentro de los 3 años desde el nacimiento del hijo, la reserva será de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente).

Saludos
 
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