El articulo 46.3 del Estatuto de los trabajadores lo regula. No dice nada si el contrato es temporal o indefinido.
Yo entiendo que si tendria derecho a la excedencia (Siempre que el hijo tengo menos de 3 años).
Ahora bien, cuando se termine el contrato de interinidad, se acabaría la excedencia, y no tendria derecho a la incorporacion a la empresa.