Laertes
Miembro
Buenas tardes:
He abierto dos CASIA y no me han aclarado nada sobre el tema. En relación a la exención de cotización recogida en el 311 LGSS, si el autónomo se puede jubilar con 66 años y 2 meses, habiendo cotizado 30 años, ¿puede acogerse a esta exención?
El 311 remite al 205.1.a) y tenemos la disposición transitoria séptima, que modifica las fechas de jubilación. Pero esas fechas, recogidas en la disposición transitoria 7ª, ¿son de aplicación a la exención del 311 LGSS o hay que aplicar las fechas recogidas en el 205.1.a) y por tanto, sólo sería de aplicación si ha cumplido 67 años o 65 si acredita 38 años y seis de cotización??
Gracias compañeros/as.
He abierto dos CASIA y no me han aclarado nada sobre el tema. En relación a la exención de cotización recogida en el 311 LGSS, si el autónomo se puede jubilar con 66 años y 2 meses, habiendo cotizado 30 años, ¿puede acogerse a esta exención?
El 311 remite al 205.1.a) y tenemos la disposición transitoria séptima, que modifica las fechas de jubilación. Pero esas fechas, recogidas en la disposición transitoria 7ª, ¿son de aplicación a la exención del 311 LGSS o hay que aplicar las fechas recogidas en el 205.1.a) y por tanto, sólo sería de aplicación si ha cumplido 67 años o 65 si acredita 38 años y seis de cotización??
Gracias compañeros/as.