Exceso de jornada por viaje de trabajo

RRP

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¡Hola!
Si un trabajador emplea más de su jornada laboral cuando realiza un viaje de trabajo, por ejemplo, llega a su casa unas horas más tarde de lo habitual, ¿esas horas, que exceden de su jornada laboral, se retribuyen de alguna manera? ¿se devuelven en descanso? ¡Muchas gracias!
 

FERNANDO

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A ver, si el desplazamiento es porque al empleado le han enviado a sitio distinto a realizar su trabajo, el tiempo que emplea en volver de dicho sitio diferente a su domicilio, es tiempo de trabajo
 
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RRP

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Hola, Fernando, muchas gracias por tu respuesta, ¿y se lo pagarías cómo horas extras? El cliente nos lo ha planteado como, por ejemplo, una persona que trabaja en Madrid de 9 a 18h pero un día ha tenido que ir a Barcelona por trabajo y coge un AVE de ida a las 8.00h de la mañana y otro de vuelta llegando a Madrid a las 20h... serían tres horas... ya solo con el transporte, sin contar ya desde su domicilio, ¿otra opción al pago podría ser compensarlas con descanso? ¡Gracias!
 

elchuske

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Pero mirate el convenio porque las horas extras si se compensan son mas , p.e una hora extra es 1:15 de descanso
 
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RRP

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A ver, si el desplazamiento es porque al empleado le han enviado a sitio distinto a realizar su trabajo, el tiempo que emplea en volver de dicho sitio diferente a su domicilio, es tiempo de trabajo
Disculpa, si no dice nada el convenio, ¿Siempre se considera tiempo efectivo de trabajo aunque no se realizan actividades laborales durante ese tiempo (por ejemplo, si el trabajador solo está en transporte)? ¡muchas gracias!
 

FERNANDO

Miembro conocido
La Sala considera que es aplicable aquí la STJUE 10-09-2015, en cuyo FD 32 se afirma que, si los desplazamientos no se consideraran tiempo de trabajo, dejarían de ser el instrumento necesario para ejecutar prestaciones técnicas por parte de los trabajadores en los centros de estos clientes, lo cual conduciría a que, se produciría la "desnaturalización de este concepto y el menoscabo del objetivo de protección de la seguridad y de la salud de estos trabajadores".

Fíjate lo que dijo esta sentencia del TSJCE.

En cuanto a la compensación de las horas extras, entiendo que, aunque el convenio marque más el precio de la hora extra, ello no conlleva que, salvo que así lo establezca el convenio, se deba aumentar el tiempo de compensación por descanso.
 

RRP

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La Sala considera que es aplicable aquí la STJUE 10-09-2015, en cuyo FD 32 se afirma que, si los desplazamientos no se consideraran tiempo de trabajo, dejarían de ser el instrumento necesario para ejecutar prestaciones técnicas por parte de los trabajadores en los centros de estos clientes, lo cual conduciría a que, se produciría la "desnaturalización de este concepto y el menoscabo del objetivo de protección de la seguridad y de la salud de estos trabajadores".

Fíjate lo que dijo esta sentencia del TSJCE.

En cuanto a la compensación de las horas extras, entiendo que, aunque el convenio marque más el precio de la hora extra, ello no conlleva que, salvo que así lo establezca el convenio, se deba aumentar el tiempo de compensación por descanso.
El caso es un poco distinto porque esta persona si tiene un centro de trabajo fijo, y no se lo han cambiado, únicamente que ha tenido que hacer un viaje por motivos laborales. Muchas gracias, Fernando, me has ayudado mucho. Saludos y buen día.
 

Nando_bcn

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En teoría, el tiempo adicional invertido por el desplazamiento es tiempo de trabajo (puede requerir o exigirse compensación), pero el tema tiene sus matices y a menudo acaba imperando el sentido común (y tampoco es lo mismo, no técnicamente, me refiero a ese sentido común, tolerancia, flexibilidad..., realizar algún viaje de trabajo de forma muy ocasional que tener que hacerlo regularmente).

Estamos partiendo de la base de que se trata de un trabajador con un centro de trabajo físico asignado y de desplazamientos que deba hacer por motivos de trabajo a otros lugares distintos a ese centro (ya sean que impliquen viajes de cientos de kilómetros en avión, tren, etc, o a poca distancia del centro de trabajo).

Como sabemos, el tiempo de desplazamiento del domicilio del trabajador a su centro de trabajo no se considera tiempo de trabajo (repito, estamos refiriéndnos a casos en los que el trabajador tiene un centro de trabajo concreto asignado; hay casos especiales con centros de trabajos móviles o simplemente que no existe propiamente centro de trabajo y la actividad implica, por ej, ir directamente a visitar a los clientes, casos en los que puede ser diferente). Bien, en estos casos, teóricamente se consideraría tiempo de trabajo efectivo el que se requiera para desplazarse a esos otros lugares DESDE EL CENTRO DE TRABAJO EN EL QUE SE ESTÁ ADSCRITO. Por ejemplo, voy a mi centro de trabajo habitual, el tiempo que invierta, ya sean unos minutos u horas, no es tiempo de trabajo (es mi problema la distancia que pueda tener desde mi domicilio a mi centro de trabajo, o las facilidades de transporte que puedan existir, etc). Si, una vez ahí, por motivos de trabajo, debo desplazarme a otro lugar (repito, ya sean unas pocas manzanas o cientos de km), eso es tiempo de trabajo y lo mismo respecto al tiempo que invierta en regresar A MI CENTRO DE TRABAJO (y será tembién mi problema el tiempo y/o esfuerzo que me requiera llegar a casa).
Dicho esto, está claro que cuando se trata de un viaje largo o que va a ocuparme toda la jornada (y probablemente más), lo normal es ir directamente al destino, sin pasar por el centro de trabajo. ¿Quiere decir eso que desde que salgo de casa hasta que regreso es tiempo de trabajo? NO.
Y ahí... no siempre será fácil o tendrá uno (tanto la empresa como el trabajador) ganas de complicarse y por eso, y sobretodo dependiendo de la frecuencia y exigencias de los viajes, a menudo impera el sentido común (al margen de que algunas empresas puedan tener políticas internas espcíficas sobre el tema), pero, trantando de ser escrupulosos (vamos a intentar incidir en esa mayor exigencia de tiempo que supone el viaje de trabajo) y puesto que normalmente no le vamos a exigir al trabajador que acuda primero al centro de trabajo y a la hora habitual (por ej en este caso supondría coger el AVE ya a media mañana), sí se puede hacer ficción de ese supuesto e incidir en ese tiempo adicional que puede suponerle el desplazamiento (contando viaje de ida, tiempo de trabajo en el destino y regreso) respecto al que hace habitualmente (imaginemos, caso extremo, trabajador que vive a una hora de su centro de trabajo pero al lado de la estación del AVE; en ocasiones podrá ser al contrario (aunque, ojo!, ahí ya entra el sentido común, técnicamente, insisto, la referencia sería el tiempo de desplazamiento desde el centro de trabajo. Puede ocurrir que la estación de AVE esté al lado del centro de trabajo; vale, en este caso he de tener en cuenta que en lugar de a las 9, hora habitual de llegada a mi centro de trabajo, debo estar a las 8..)
En fin, que se le puede dar muchas vueltas, pero, si uno quiere rigor técnico, sin tener que obligar a ir al centro de trabajo (algo que a menudo sería absurdo), hacer la ficción de lo que supondría desplazarse desde el centro de trabajo y regresar al mismo y ver si ello implicaría realizar una jornada mayor de la habitual. A nivel práctico, ya hemos visto que inciden otras variables.
En mi caso, pero que puedo hacer un viaje una vez al mes como promedio, tal vez menos, pues simplemente asumo que ese día me tendré que pegar un madrugón (suelo coger de los primeros vuelos sino el primero) y llegaré a casa a las tantas. Obviamente me ha requerido un tiempo mayor al que habitualmente me requiere ir a mi centro de trabajo, trabajar y regresar a casa, pero como es algo ocasional, lo asumo y sin más pretensiones de compensación. Pero no siempre es así ni somos todos iguales.
 
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FERNANDO

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RRP, es lo mismo. Ha tenido que hacer un viaje a un lugar diferente del que es su puesto de trabajo habitual, con lo que, y según jurisprudencia europea, contaría como tiempo de trabajo según mi punta de vista.

Por otro lado, entiendo que la jurisprudencia europea es demasiado tuitiva y que su aplicación puede llevar a auténticos absurdos. Y no solo con el tiempo de trabajo.
 

Nando_bcn

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Pero no necesariamente todo el tiempo. Insisto en que esto sería así si (que no suele ser el caso, por razones lógicas) si el desplazamiento al otro lugar lo hace desde el centro de trabajo y regresa al centro de trabajo. De ahí que insista en que hay que hacer esa ficción cuando, como suele ser habitual, se va directamente del domiclio al otro lugar de trabajo y se regresa también directamente al domicilio (sin pasar por el centro de trabajo en el que se está adscrito, vaya).
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
Pongo, por analogía, el ejemplo del kilometraje. Para ir del domicilio al centro de trabajo en el que se está adscrito no hay kilometraje (y si la empresa decide compensar algo, no estará exento). Si desde el centro de trabajo debo desplazarme a otro lugar por motivos de trabajo (hacer una gestión, visitar un cliente...), aunque sea a pocas manzanas, me corresponde compensación (ya sea gasto transporte público o kilometraje si lo hago con mi vehículo). He podido hacer 100 km desde mi casa hasta el centro de trabajo, si tener derecho a ninguna compensación por el desplazamiento (volvemos a lo mismo, es mi problema lo lejos que viva del centro de trabajo), pero me pueden compensar por un desplzamiento adicional que desde el centro de trabajo tenga que hacer, aunque sean unos pocos cientos de metros). La referencia es el centro de trabajo. Desde ahí calculo la distancia que supone ese o esos desplazamientos adicionales (y regreso también el centro de trabajo, claro) y que pueden ser compensados.
Aunque, ¡ojo!, si hago el desplazamiento directamente desde mi casa, al menos a nivel fiscal (y también por puro sentido común) eso puede quedar matizado, ya que en la medida en que la distancia desde el domiclio al lugar de destino sea menor que la que existe desde el centro de trabajo, es esa la distancia que entiendo debe compensarse, incluso tal vez solo habría que compensar la diferencia de distancia entre el desplazamiento o desplazamientos de ese día con la que hago habitualmente para ir y volvera mi centro de trabajo (y temo que Hacienda también pensará lo mismo). Incluso, si, aunque se trate de un desplazamiento a lugar distinto al del centro de trabajo, la distancia al mismo (y no incurren especiales dificultades de medios de transporte) no es mayor a la que hay desde mi domicilio al centro de trabajo, no habría nada que compensar.

Con el tiempo invertido, entiendo que corresponde hacer algo similar.
 

RRP

Nuevo miembro
La Sala considera que es aplicable aquí la STJUE 10-09-2015, en cuyo FD 32 se afirma que, si los desplazamientos no se consideraran tiempo de trabajo, dejarían de ser el instrumento necesario para ejecutar prestaciones técnicas por parte de los trabajadores en los centros de estos clientes, lo cual conduciría a que, se produciría la "desnaturalización de este concepto y el menoscabo del objetivo de protección de la seguridad y de la salud de estos trabajadores".

Fíjate lo que dijo esta sentencia del TSJCE.

En cuanto a la compensación de las horas extras, entiendo que, aunque el convenio marque más el precio de la hora extra, ello no conlleva que, salvo que así lo establezca el convenio, se deba aumentar el tiempo de compensación por descanso.
¡muchas gracias!
 

RRP

Nuevo miembro
En teoría, el tiempo adicional invertido por el desplazamiento es tiempo de trabajo (puede requerir o exigirse compensación), pero el tema tiene sus matices y a menudo acaba imperando el sentido común (y tampoco es lo mismo, no técnicamente, me refiero a ese sentido común, tolerancia, flexibilidad..., realizar algún viaje de trabajo de forma muy ocasional que tener que hacerlo regularmente).

Estamos partiendo de la base de que se trata de un trabajador con un centro de trabajo físico asignado y de desplazamientos que deba hacer por motivos de trabajo a otros lugares distintos a ese centro (ya sean que impliquen viajes de cientos de kilómetros en avión, tren, etc, o a poca distancia del centro de trabajo).

Como sabemos, el tiempo de desplazamiento del domicilio del trabajador a su centro de trabajo no se considera tiempo de trabajo (repito, estamos refiriéndnos a casos en los que el trabajador tiene un centro de trabajo concreto asignado; hay casos especiales con centros de trabajos móviles o simplemente que no existe propiamente centro de trabajo y la actividad implica, por ej, ir directamente a visitar a los clientes, casos en los que puede ser diferente). Bien, en estos casos, teóricamente se consideraría tiempo de trabajo efectivo el que se requiera para desplazarse a esos otros lugares DESDE EL CENTRO DE TRABAJO EN EL QUE SE ESTÁ ADSCRITO. Por ejemplo, voy a mi centro de trabajo habitual, el tiempo que invierta, ya sean unos minutos u horas, no es tiempo de trabajo (es mi problema la distancia que pueda tener desde mi domicilio a mi centro de trabajo, o las facilidades de transporte que puedan existir, etc). Si, una vez ahí, por motivos de trabajo, debo desplazarme a otro lugar (repito, ya sean unas pocas manzanas o cientos de km), eso es tiempo de trabajo y lo mismo respecto al tiempo que invierta en regresar A MI CENTRO DE TRABAJO (y será tembién mi problema el tiempo y/o esfuerzo que me requiera llegar a casa).
Dicho esto, está claro que cuando se trata de un viaje largo o que va a ocuparme toda la jornada (y probablemente más), lo normal es ir directamente al destino, sin pasar por el centro de trabajo. ¿Quiere decir eso que desde que salgo de casa hasta que regreso es tiempo de trabajo? NO.
Y ahí... no siempre será fácil o tendrá uno (tanto la empresa como el trabajador) ganas de complicarse y por eso, y sobretodo dependiendo de la frecuencia y exigencias de los viajes, a menudo impera el sentido común (al margen de que algunas empresas puedan tener políticas internas espcíficas sobre el tema), pero, trantando de ser escrupulosos (vamos a intentar incidir en esa mayor exigencia de tiempo que supone el viaje de trabajo) y puesto que normalmente no le vamos a exigir al trabajador que acuda primero al centro de trabajo y a la hora habitual (por ej en este caso supondría coger el AVE ya a media mañana), sí se puede hacer ficción de ese supuesto e incidir en ese tiempo adicional que puede suponerle el desplazamiento (contando viaje de ida, tiempo de trabajo en el destino y regreso) respecto al que hace habitualmente (imaginemos, caso extremo, trabajador que vive a una hora de su centro de trabajo pero al lado de la estación del AVE; en ocasiones podrá ser al contrario (aunque, ojo!, ahí ya entra el sentido común, técnicamente, insisto, la referencia sería el tiempo de desplazamiento desde el centro de trabajo. Puede ocurrir que la estación de AVE esté al lado del centro de trabajo; vale, en este caso he de tener en cuenta que en lugar de a las 9, hora habitual de llegada a mi centro de trabajo, debo estar a las 8..)
En fin, que se le puede dar muchas vueltas, pero, si uno quiere rigor técnico, sin tener que obligar a ir al centro de trabajo (algo que a menudo sería absurdo), hacer la ficción de lo que supondría desplazarse desde el centro de trabajo y regresar al mismo y ver si ello implicaría realizar una jornada mayor de la habitual. A nivel práctico, ya hemos visto que inciden otras variables.
En mi caso, pero que puedo hacer un viaje una vez al mes como promedio, tal vez menos, pues simplemente asumo que ese día me tendré que pegar un madrugón (suelo coger de los primeros vuelos sino el primero) y llegaré a casa a las tantas. Obviamente me ha requerido un tiempo mayor al que habitualmente me requiere ir a mi centro de trabajo, trabajar y regresar a casa, pero como es algo ocasional, lo asumo y sin más pretensiones de compensación. Pero no siempre es así ni somos todos iguales.
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