Exención de 390

pipi

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Arrendador de locales, que finaliza su actividad en el 2 trimestre y no venia obligado a realizar 390. Entiendo que este año si lo debe presentar el modelo 390 por finalizar su actividad antes del 4º trimestre.
 

PEDROJ

Nuevo miembro
No se tiene que presentar el 390, debes presentar el modelo 303 4T rellenando en el apartado correspondiente indicando la actividad arrendamiento de locales exonerado de presentar modelo 390, cuando completes el modelo 303 lo verás.

Que no se te olvide presentar el 347 si el alquiler no está sujeto a retención, pero si es un local imagino que estará sujeto a retención, por lo que estará exonerado de presentar el 347. Si tiene proveedores con los que ha tenido operaciones de mas de 3.005,06€ si que deberá presentar el 347.

Un saludo.
 
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