Exoneraciones del mes de Octubre de 2021

DavidGA

Miembro activo
Hola compañeros:

ERTEs vigentes 30-09-21 (de limitaciones, FM con cadena de valor, etc), se prorroga automáticamente hasta el 31-10-21 y no van a solicitar prórroga a partir del 01-11-21.
¿Si se exoneran sólo en OCTUBRE 21, se comprometen, en virtud del RDL 18/21, al mantenimiento del empleo de otro nuevo periodo de 6 meses ?
¿Se prorrogan a octubre 21 las mismas exoneraciones existentes a septiembre 21?

Gracias
 
Última edición:

DANI ML

Miembro conocido
El decreto no habla de un nuevo período de compromiso, sino que se prorroga un mes más el mecanismo del decreto anterior, por lo que cabe entender la exoneración de octubre como parte del compromiso anterior
 

DavidGA

Miembro activo
Tienes razón Dani

En la exposición de motivos pone:
– Las empresas que, conforme a lo previsto en este real decreto-ley, reciban exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social, quedan comprometidas, en base a la aplicación de dichas medidas excepcionales, a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo, cuyo contenido, requisitos y cómputo se efectuará en los términos establecidos en la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo y en el propio artículo 5 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre

Luego pone:

Artículo 4. Beneficios en materia de cotización de los expedientes de regulación temporal de empleo.

1. Los expedientes de regulación temporal de empleo por limitaciones en la actividad normalizada a los que se refieren los artículos 1 y 2 podrán beneficiarse de los siguientes porcentajes de exención en la cotización a la Seguridad Social:

a) En el supuesto de que la empresa hubiera tenido diez o más personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020, los porcentajes de exoneración de la aportación empresarial devengada en noviembre y diciembre de 2021 y enero y febrero de 2022, serán los siguientes:

1.º El 40 por ciento en el supuesto de que la empresa no desarrolle, conforme a lo establecido en el artículo 3, acciones formativas para las personas a las que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral en el período indicado.

2.º El 80 por ciento en el supuesto de que la empresa desarrolle, conforme a lo establecido en el artículo 3, acciones formativas para las personas a las que se suspenda su contrato de trabajo o se reduzca su jornada laboral en el período indicado.

Por tanto, no habla de exoneraciones por este RDL en octubre

Muchas gracias por la aclaración Dani
 

Mc

Miembro activo
Pero la DR habrá que hacerla igualmente, no ??? Porque si es asi entonces ahi se vera si realmente hay exoneraciones .... Esto es al menos lo que yo pensaba hacer porque tampoco me quedaba claro el tema de las exoneraciones.
 

DANI ML

Miembro conocido
Seguro que habrá que presentar DR, aunque habrá que esperar a que activen el mecanismo, que para octubre no estará activado aun. Todo esto saldrá en el próximo boletín de noticias (supongo)
 

Caslaboral

Miembro conocido
Cuidado con esto porque hay opiniones que exonerar en octubre ya aplica los 6 meses mas. Al fin y al cabo el propio RDL es el que alarga las exoneraciones que finalizaban en septiembre, por tanto, es algo que se trata en este RDL y no en el anterior.
 

CHARO

Miembro conocido
Cuidado con esto porque hay opiniones que exonerar en octubre ya aplica los 6 meses mas. Al fin y al cabo el propio RDL es el que alarga las exoneraciones que finalizaban en septiembre, por tanto, es algo que se trata en este RDL y no en el anterior.
Yo también lo entiendo así, es más, Antonio Benavides inspector de trabajo de Barcelona, que se dedica a hacer ponencias, dijo que SI existe la obligación de 6 meses más de mantenimiento de empleo si exoneramos en octubre, así que yo, por si acaso, si que estoy contando con ello.
 

Black Mamba

Miembro
Yo entiendo que también debes mantener el nivel de empleo 6 meses más en caso de exonerarte octubre. Prefiero ser cauta para estas cosas....
 

DavidGA

Miembro activo
En 1 ponencia online, dijeron que por aplicar las exoneraciones de octubre en los mismos términos que en septiembre, no se añadía un nuevo periodo de 6 meses de mantenimiento
Esperemos que se emita resolución por la Dirección General de Trabajo y lo aclaren.
Que inseguridad siempre con todo. Ya lo podía haber dejado claro la DT única.
 
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