Expatriado

Buenas tardes
El caso de un trabajador frances que vive en Francia y trabaja en una empresa francesa con una filial en España, que ahora le envian a trabajar a esta filial española, entiendo que no hay que hacer nada... el trabajdor tiene que venir a España con su documento A1 o equivalente frances,no?

Gracias
 
Hola, la respuesta de la TGSS es:
La empresa deberá solicitar en Francia el formulario A1 para el trabajador, que
tendrá que disponer de dicho formulario durante el periodo de su desplazamiento
a España.

Sólo en el caso de que no se lo autorizaran el trabajador tendría que cotizar a
la Seguridad Social española.

La empresa española deberá comunicar a la autoridad laboral competente de su
provincia el desplazamiento de este trabajador.

 

fundación

Miembro conocido
¿Le envían a trabajar desplazado o trasladado?


 

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Creo que tengo una confusion con los conceptos... le envia la empresa francesa a trabajar a España, pero seguirá siendo de la empresa francesa y le seguiran pagando desde alli.

Entiendo que tendria que venir con su A1 aceptado por la SS francesa, lo que no pillo a quien hay que comunicar en España esto... a Inspeccion? y como?

gracias
 

fundación

Miembro conocido
Pero si es una filial es persona jurídica independiente sometida a la normativa española. Si viene a trabajar a la filial y dependiera de ésta (le paga, le organiza su trabajo, le manda...), estaría sometido a la legislación sociolaboral española.

Ahora, leyendo que depende y le paga la matriz francesa, sería un desplazamiento si es temporal.

Salvo mejor opinión.
 

campus34

Miembro conocido
Seguridad Social: Si te traen el A1 es suficiente,.siempre que ponga que los salarios y cotizacionea son en origen.
Comunidad Autonoma: Formulario previo a incorporacion. Se llama Comunicacion desplazados transfronterizos. Ese documento llega a la Inspeccion quien puede verificar que el personal desplazado tiene al menos los mismos.derechos que un trabajador local.
Hacienda: Si le pagan en origen no ea necesario hacer nada.
Sanidas: Que traiga su tarjeta sanitaria europea.
Policia: Si va a estar mas de 3 meses, debe comunicarlo mediante documentoto EX18. Si quiere sacarse el Nie debera rellenar el EX15.
Sepe: Nada.

Un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Coincido con sandrita: si es desplazamiento temporal, sigue cotizando en Francia. si es permanente, pasa a cotizar a la SS española.
 

campus34

Miembro conocido
FERNANDO dijo:
Coincido con sandrita: si es desplazamiento temporal, sigue cotizando en Francia. si es permanente, pasa a cotizar a la SS española.
Efectivamente es asi. Si es permanente,pasados los años que regule el convenio, debe cotizar en destino. Depende del pais. Lo mejor es llamar a la Direccion Provincial en la calle Astros 5 de Madrid y te dicen que corresponde a cada pais.
Saludos
 
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