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Hola.
Os ha surgido el caso de una persona física dedicada a explotación ganadera INTENSIVA. ¿Se encuadraría en SETA o al ser intensiva al RETA?
Graciassss.
Yo no con este tema tengo siempre una duda: la cotizaciónen el SETA es inferior y existen unas condiciones para ser SETA. Eso lo entiendo y veo correcto que si no cumples esas condiciones vayas al RETA y cotices más. Pero, ¿y a la inversar? Si se cumples los requisitos para el SETA, pero prefieres el RETA, ¿ por qué no puedes encuadrarte en ese régimen?
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