Estimados compañeros,
se me ha planteado lo siguiente: interpongo demanda para rescindir relación laboral por incumplimiento empresarial, y como resulta que ahora van tan cargados los juzgados, ya sabes, me han señalado la fecha de juicio tan tarde, que el contrato de trabajo se le termina al trabajador antes, ya que era de duración determinada..como se come esto?no tiene el trabajador derecho a resarcirse?indicar que los incumplimientos son la falta de ocupación efectiva y el retraso en pago de salarios. A ver que opinais. Gracias.
se me ha planteado lo siguiente: interpongo demanda para rescindir relación laboral por incumplimiento empresarial, y como resulta que ahora van tan cargados los juzgados, ya sabes, me han señalado la fecha de juicio tan tarde, que el contrato de trabajo se le termina al trabajador antes, ya que era de duración determinada..como se come esto?no tiene el trabajador derecho a resarcirse?indicar que los incumplimientos son la falta de ocupación efectiva y el retraso en pago de salarios. A ver que opinais. Gracias.