La jubilación por sí sola no legitima un despido.
La jubilación por sí sola es tan solo una de las posibles causas legítimas para un cese de actividad empresarial. Es el propio cese de actividad empresarial (en este caso, por jubilación) lo que legitima y hace procedentes los despidos.
Es obvio que si la actividad empresarial sigue (hay un traspaso), no hay cese de actividad, ni por tanto causa legítima para un despido.