extincion prestacion IT por incomparecencia

msalem

Miembro
Buenos días
Me gustaría plantearles una cuestión, la Mutua le extingue la prestación de IT por incomparecencia a reconocimiento médico a un trabajador, no pudiendo la empresa practicar ahora las correspondientes deducciones en los tc, entiendo que ahora la empresa tampoco tendrá obligación de abonarle dicha prestación pero, y que pasaría con el complemento de IT, supongo que tampoco verdad?
La extinción tiene efectos de 26 de octubre por lo que a partir de esa fecha no nos podemos deducir la prestación de octubre, puede la empresa reclamarle al trabajador la parte proporcional de esa prestación que ya le abonó  pero que no va a poder recuperar a través de las deducciones de los tc.?
gracias.
 

AFG

Miembro
¿Y si el trabajador estaba tan mal que no podía desplazarse a la Mutua?. Estarían obligados a enviar una ambulancia o bien aplazar la visita. Porque a veces pasas una baja y ya están llamando al día siguiente. Si la gente está enferma no puede andar de paseo por la calle.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues, entonces, tocaría impugnar la resolución de la Mutua,  utilizando este mismo argumento. Eso sí, también podría haber avisado previamente.
 
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