Facturas GoDaddy registro dominio

luca2020

Miembro
Buenos días,

tengo un cliente que ha recibido una factura de GoDaddy ( mejor dicho un recibo ya que no dan facturas) por una renovación del registro de dominio.
La sede veo que esta en Inglaterra , pero la factura viene con Iva del 21% y sale un EU372022543.

Alguno tiene experiencia en alguna factura con esta empresa. Es correcto lo del 21% y ese EU? Cómo se contabiliza en estos casos?

Gracias de antemano
 

Cachilipox

Miembro conocido
Todo es gasto, nada es IVA en este caso.
Los NIF EUxxxxxxxx son de operadores no comunitarios que realizan transacciones con clientes finales comunitarios (no empresarios o profesionales).
Cuando recibes prestaciones de servicios exteriores, opera lo de la inversión de sujeto pasivo, debes autorepercutirte el IVA (devengarlo y soportarlo).
 

Wastual

Miembro
Y para dar la última pincelada a la estupenda respuesta de @Cachilipox -como siempre-, para que "GoDaddy" no te considere consumidor final, es necesaria la inscripción en el ROI, para que en esa factura no opere la repercusión del IVA y procedas con el mecanismo explicado.

En efecto, de aquí: https://sede.agenciatributaria.gob....ealizar-operaciones-otros-empresarios-ue.html

Un empresario establecido en el territorio de aplicación del IVA español (península y Baleares) está obligado a obtener NIF-IVA, dándose de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), si va a realizar alguna de las siguientes operaciones:
(...)

  • Operaciones en las que es destinatario de servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del IVA respecto de los cuales sean sujetos pasivos.
 

luca2020

Miembro
Gracias Cachilipox, entonces lo contabilizo como operación de inversión del sujeto pasivo

Wastual, mi cliente esta en ROI, entonces tengo que decirle que le diga a GoDaddy que esta esta en ROI para que no aparezca el iva en futuras facturas?

Muchas gracias a los dos
 

Wastual

Miembro
Gracias Cachilipox, entonces lo contabilizo como operación de inversión del sujeto pasivo

Wastual, mi cliente esta en ROI, entonces tengo que decirle que le diga a GoDaddy que esta esta en ROI para que no aparezca el iva en futuras facturas?

Muchas gracias a los dos

Para contabilizarlo como ISP y autorepercutir el IVA en destino, GoDaddy no debe cobrar el Impuesto y debe emitir o una factura sin IVA o un mero justificante de gasto -a efectos de IRPF/IS-. Por tanto, hay que reclamar a dicho prestador por un incorrecto tratamiento fiscal de la operación el reintegro de la cuota y, efectivamente, "volverlo a ingresar" -y deducir- el IVA con la HP española a través del "mecanismo tradicional" (modelo 303), con esta última no hay nada más que tratar.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
no entiendo, dices que te cobra el iva del 21%, entonces lo logico es que por el principio de neutralidad del iva elloa lo ingresen y tu te lo deduzcas. Pero al mismo tiempo dices que es un recibo y no una factura.
 

Cachilipox

Miembro conocido
El IVA que cobra GoDaddy es IVA español, pero es un IVA y un mecanismo de cobro-facturación que solo sirve y se aplica a consumidor final.
Por tanto, ese IVA en sí no es IVA deducible para un empresario o profesional.

Se pueden hacer tres cosas:
a.- Conseguir que el proveedor extracomunitario emita una factura para empresas, sin IVA. Será una importación de servicios, y deberá declararse mediante inversión del sujeto pasivo, devengando y deduciendo al momento por el cliente.
b.- NADA, como el IVA español ya se ha pagado, ya hemos cumplido con hacienda española. Solo que al ser IVA no deducible, debo meter todo el gasto como gasto.
c.- Ser más papista que el Papa, y aunque conseguir una factura en origen sin IVA sea complicado (o imposible), considerar que todo lo pagado es gasto sin IVA, y autodeclarar inversión del sujeto pasivo por la totalidad del importe satisfecho.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
sigo sin entenderlo cachilipox, esa distincion del iva que haces es la primera vez que la veo. Si pago iva español y soy empresa entonces me lo deduzco. Cosa distinta sera si la factura no cumple los requisitos.

Lo logico es que te identifiquen como empresario y no te cobren iva, pero si te lo cobran yo lo deduciria y luego si acaso me revisan ya veremos que dice aeat.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Imagina una factura simplificada, con "IVA Incl."
Pagas IVA español, pero eso legalmente NUNCA es IVA deducible.

Obviamente puedes no ser estricto, y deducir todo aquello que entiendas correcto. Pero luego si te pillan en una revisión...

Eso por ahora.
Dentro de una temporada, con lo de la facturación electrónica y todo eso, solo será deducible aquellas facturas recibidas como empresario (o sea, electrónicas normalizadas que hayan pasado por la AEAT). Cualquier cosa recibida con un "IVA de consumidor final", no será deducible.
 
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