Fallecimiento empresario y herencia yacente

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes. Empresario titular q fallece teniendo a sí cargo un trabajador indefinido. Los herederos del empresario están formalizando una H.Y. y mis dudas son:
A nivel de contrato de trabajo hay que hacer una subrogacion?
Que motivo de baja se indica en S.Social?
Y una vez que el trabajador ya se encuentre dado de alta en la H.Y. y tras unos meses los herederos deciden el cierre de la actividad, que motivo de baja en S.Social se indica en este segundo caso?

GRACIAS
 

Nana

Miembro conocido
Aquí vais a comprobar mi ignorancia 😬

Entiendo que era persona física y no jurídica, ¿verdad?

Herederos:

Si continúan con la actividad: subrogación del trabajador

Si a los meses lo dejan: despido, lo más seguro improcedente

Si no continúan: baja por fallecimiento del empresario (hay clave especifica) e indemnización de un mes de trabajo


Después de todo esto, vendrá otro compañero y dirá que el unicornio se ha fumado un porrillo y que no he dado ni una 😅😅😅

Soy fatality con los fallecimientos 😪
 

MarLo

Miembro conocido
hola, salvo mejor opinión entiendo que aquí si el trabajador sigue trabajando una vez se produce el fallecimeinto, corresponde constituir una comunidad de herederos, darlos de alta en hacienda, y solicitar un código de cuenta de cotización para llevar a cabo la subrogación. El código de baja en caso de que se produzca una subrogación es la 054. Deberás eso si ponerte en contacto con TGSS por casia, para explicarles la situación y que te pongan todo en plazo. tanto la baja como el alta en la comunidad de herederos. Si pasado un tiempo hay cierre de actividad hay correspondería la baja habitual por cierre, alegando motivos económicos si los hubiera.
 

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes. Empresario titular q fallece teniendo a sí cargo un trabajador indefinido. Los herederos del empresario están formalizando una H.Y. y mis dudas son:
A nivel de contrato de trabajo hay que hacer una subrogacion?
Que motivo de baja se indica en S.Social?
Y una vez que el trabajador ya se encuentre dado de alta en la H.Y. y tras unos meses los herederos deciden el cierre de la actividad, que motivo de baja en S.Social se indica en este segundo caso?

GRACIAS
Buenos dias. Me respondo a mi mismo.
No cabría la posibilidad de darle de baja por fallecimiento del empresario y nuevo contrato en H.Y. por servicio determinado indicando el motivo hasta que los herederos decidan si van a continuar o no con el negocio?. Es que un despido no lo veo muy claro.
Gracias.
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos dias. Me respondo a mi mismo.
No cabría la posibilidad de darle de baja por fallecimiento del empresario y nuevo contrato en H.Y. por servicio determinado indicando el motivo hasta que los herederos decidan si van a continuar o no con el negocio?. Es que un despido no lo veo muy claro.
Gracias.
bajo mi punto de vista hay sucesión empresarial si los herederos siguen con la actividad. Hacerlo como dices puede suponer que el trabajador para ese segundo contrato, y en caso de un supuesto despido por la H.Y, reclame el improcedente con la antiguedad del contrato que tenía con el empresario fallecido
 

Marcos N

Miembro activo
Javier, las respuestas de Nana (incluso con el unicornio bajo de facultades por sus deslices veraniegos ...) y Marlo son totalmente correctas. Eso es lo que hay, si se continúa con la actividad (sea quien sea, o de la forma que sea) es subrogación con todo lo que conlleva. No hay un período de transición para decidir qué se hace con el negocio si éste sigue activo. O cierran o continúan.
 

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes. Empresario titular q fallece teniendo a sí cargo un trabajador indefinido. Los herederos del empresario están formalizando una H.Y. y mis dudas son:
A nivel de contrato de trabajo hay que hacer una subrogacion?
Que motivo de baja se indica en S.Social?
Y una vez que el trabajador ya se encuentre dado de alta en la H.Y. y tras unos meses los herederos deciden el cierre de la actividad, que motivo de baja en S.Social se indica en este segundo caso?

GRACIAS
Perfecto, ya me ha quedado clarisimo, muchas gracias de verdad.
Pues en mi caso concreto, no voy a subrogar el contrato porque yo se que los herderos no van a seguir con esta actividad a medio o largo plazo. Lo mantendré en alta en la empresa actual e intentaré q se reúnan en el menor plazo posible para decidir el cierre y dar de baja al trabajador por fallecimiento del empresario ( aunque a ver como me sale la jugada pues ya hace un mes del fallecimiento).
Muchísimas gracias
 

Nana

Miembro conocido
Javier, vete preparando el calculo por la improcedencia que cuando le pagues el mes de indemnización por fallecimiento lo más seguro es que reclame y os toque pasar por caja ;), que el chicle lo estais estirando un poco bastante ;);)
 
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