FALLECIMIENTO TITULAR SIN SUCESION NEGOCIO

IVO

Miembro activo
Buenos dias,

ha fallecido un cliente, titular de un negocio persona fisica y entendemos que no querran continuar con el negocio. ¿la baja de los trabajadores tiene que ser con fecha del fallecimiento o se puede dar de baja unos dias mas tarde por tema de recogida del local, adecuacion...? Entiendo que no tiene por qué ser del mismo dia pero... por si acaso...
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Buenos dias,

ha fallecido un cliente, titular de un negocio persona fisica y entendemos que no querran continuar con el negocio. ¿la baja de los trabajadores tiene que ser con fecha del fallecimiento o se puede dar de baja unos dias mas tarde por tema de recogida del local, adecuacion...? Entiendo que no tiene por qué ser del mismo dia pero... por si acaso...
Yo entiendo que si que debe de ser el mismo día del ⚰️🪦🏺
 

Argi

Miembro conocido
En mí opinión el cese de los trabajadores puede ser posterior al fallecimiento, mientras se liquida la empresa por ejemplo siguen trabajando y la indemnización será igualmente de un mes (hablamos de (ex) persona física, claro)
 

IVO

Miembro activo
Como es viernes y podria dar de baja con fecha de viernes el lunes, esperare a ver que dicen porque entendemos que no se lo quedara ningun familiar pero ... Lo he comnetado con mi jefe para que hablase con ellos pero ha pasado del tema y no me parece estar detras de ellos en estos momentos...

A ver mientras si alguien opina parecido u otra cosa..

Gracias por las respuestas
 

RGG1980

Miembro activo
El ET no señala el plazo adecuado para decidir la no continuación; de ahí que la jurisprudencia, cumpliendo su función integradora, haya declarado que tal plazo ha de ser el que, atendiendo las circunstancias, resulte ponderado y razonable, sin que el hecho de continuar en la actividad empresarial, con inmediación a la fecha del óbito, haya de impedir la decisión referida, siempre que ésta actúe dentro del razonable plazo aludido (SSTS 26/05/1986 y 16/06/1988).

Eso si , si no tienen intencion de seguir, lo que tienen que hacer es despedir ya. Carta de los herederos forzosos y fuera.
El local ya se recogera o limpiara. Y si uno no puede pues contrata una empresa después para limpiar el loca.

Ganas de poner en riesgo de pasar de 30 dias de indemnizacion a 33/45..... Hay que minimizar los riesgos de encontrarte con una sucesion. Y la decisión unos dias mas o menos va a ser igual de desagradable
 

IVO

Miembro activo
Fijate que en este caso, no afectaria si declarasen improcedente porque una de las dos trabajadoras lleva 4/5 meses por lo que cobraria menos de lo que marcaria un mes de salario por defuncion y la otra lleva un año... asi que conjuntamente saldria mejor...
Pero tal como son los de esta empresa voy a dejar pasar el finde y tramito si eso la baja con fecha del viernes... que a ver si de repente les pasa algo a algun trabajador que haya ido y este trabajando y la liemos...

El lunes les llamare a ver que deciden
 
Última edición:

RGG1980

Miembro activo
Como bien dices, no les vas a dar de baja por si pasa algo,
Que Actividad es?
Pero que tomen una desicion ya que ese de 4 mes o ese de 12 meses, se pueden caer de baja y entonces....... lio llio
 

RGG1980

Miembro activo
pues yo cerraria las puertas del bar, ya, que no vayan, hosteleria,,,,, ganas de que pase algo, o monten una despedida o tengan una sancion administrativa.....
eso cerradito hasta que decidan los dueños
 

vivas91

Miembro
Retomo este hilo porque una clienta del despacho falleció a inicios de junio y me enteré hace una semana porque me llamaron desde la TGSS. El interlocutor, manda huevos, no me avisó ni aún habiéndole enviado correos por otros temas.

Desde la semana pasada estoy intentando localizar al interlocutor de esta clienta, puesto que tienen que empezar a gestionar la herencia yacente para poder tener el CIF, hacer el alta de esta en seguridad social y proceder a la subrogación de los trabajadores. No me coge las llamadas ni contesta a los correos.

Hoy me han vuelto a llamar de TGSS preguntándome por la situación, ya que sino van a tener que dar de baja de oficio a los trabajadores y me han indicado que si la semana que viene no tienen noticias pasarán nota a la ITSS. ¿Qué consecuencias puede haber el que entre en juego la ITSS?

La verdad que es la primera vez que me pasa algo de este tipo y la verdad alucino como la gente puede ser tan ..... de no dignarse ni a contestar ( lo mas alucinante es que él está de alta como trabajador de esta persona fallecida y digamos que es también un perjudicado por la situación)
 

IVO

Miembro activo
Si entrase la ITSS imagino que empezaria a levantar actas porque seguramente veran algo que no procederia aunque en teoria no hay plazo asi estipulado para dar de baja a los trabajadores en la cuenta del fallecido porque pueden estar haciendo tramites para cerrar el negocio... Si van a continuar con ellos los herederos si que se deberia hacer la subrogacion cuanto antes ... A ver si alguien veterano ha tenido algun caso asi

Por cierto, yo al final tramite la baja el dia del fallecimiento y chinpun. Cerraron el bar desde el mismo dia del fallecimietno asi que sin pegas.
 

RGG1980

Miembro activo
lo que tu tienes que tener claro , es que tu como usuario no puedes dar de baja a un trabajador sin una orden de los herederos, y que la historia de herencia yacente, es un lio y no soluciona el cuchillo que te han puesto este mes, ya que para hacer la herencia todos los herederos tienen que estar de acuerdo en reparto y para eso harian directamente la adjudicacion
 

vivas91

Miembro
al final conseguí hablar con el interlocutor. Como la actividad la iba a seguir realizando la hija de esta, y como hablando con la notaría hasta agosto o septiembre no iban a tener constituida la herencia yacente, tiré por la calle del medio. Alta en RETA a la hija, constitución de CCC de empleadora persona física y subrogué al resto de trabajadores al nuevo CCC.
 

RGG1980

Miembro activo
todo el mundo sobre todo desde la administración se les llega la boca desde sus atalayas con las dichos herencias yacentes cuando es uno de los temas menos documentados por una razón pq cuando empiezas a escarbar ves que para hacer una herencia yacente directamente haces la adjudicación que incluso vas a tardar menos y menos costosas
 
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