fallecimiento trabajador

YOLI

Miembro activo
hola, a ver si me podéis ayudar

me acaba de comunicar una empresa que ha fallecido un trabajador que estaba de baja médica. ¿como procedo para darle de baja en RED? ¿y con las vacaciones que tiene pendientes como se las liquido? es que tengo entendido que no se pueden cotizar con una L13 en casos de fallecimiento.

gracias
 

fundación

Miembro conocido
Si te llegara recargo de cotización pones un Casia con el certificado de defunción, y reclamas su devolución.
 

campus34

Miembro conocido
Importante: la nómina no se paga. Queda a expensas del reparto de la herencia. Es decir, hasta que no se reciba el documento notarial que indique a quien va a parar la liquidación,no se debe pagar. Eso sí, se debe informar. Ala familia del importe de la liquidación, para que lo incluyan en la herencia
 

Mafaldasur2

Miembro activo
CAmpus se te ha dado algún caso?¿
Qué problema habría en abonarla en la cuenta bancaria habitual?¿
el subsidio IT hay que aplicarlo, y la empresa no puede hacer apropiación indebida.
la cuenta del banco queda bloqueada y que los herederos reciban su saldo proporcional.
no entiendo siempre la empresa por medio de situaciones personales... DEP
 

elchuske

Miembro conocido
La cuenta queda bloqueada si los herederos han dicho que ha fallecido. Muchas veces eso no sucede y se llevan el dinero el primero que pilla.
Luego vienen los que no han pillado a pedir el dinero a la empresa.
Nosotros no pagamos hasta que no nos lo diga un juez, Hagan declaración de herederos con sus impuestos pagados y se lo damos a todos lo que la herencia diga y todos juntos.
 

campus34

Miembro conocido
CAmpus se te ha dado algún caso?¿
Qué problema habría en abonarla en la cuenta bancaria habitual?¿
el subsidio IT hay que aplicarlo, y la empresa no puede hacer apropiación indebida.
la cuenta del banco queda bloqueada y que los herederos reciban su saldo proporcional.
no entiendo siempre la empresa por medio de situaciones personales... DEP
Sí, se me ha dado el caso. El problema vendría si en el reparto de herederos se paga a quien no corresponde.
Lo habitual si está casado el empleado es que la cuenta está a nombre del cónyuge. Por lo que, por el tema de herederos forzosos, parte del dinero deberia ir a los descendientes, y no al cónyuge.
Lo que yo hago: Emito documento con el importe pendiente de pago. E indico que se pagará previa entrega de declaración notarial donde aparezcan los beneficiarios.
Así es como yo lo he hecho.
Saludos.
 
Arriba