Falsos autónomos para cotizar

pajarillo

Miembro conocido
Buenas tardes,

Siempre me he preguntado, en aquellos casos típicos en los que alguien está de alta de autónomo en apariencia, pero realmente no desarrolla una actividad real, simplemente por cotizar para su jubilación, ¿por qué motivo no suscriben simplemente un Convenio Especial?. Hablo del caso típico del empresario que tiene de alta a su mujer, y cosas así (y se tiran años así).

¿No sería más sensato que estuvieran algún tiempo de autónomo, y después suscribieran un Convenio Especial?. Estar de alta de autónomo les expone a inspecciones de Hacienda y Trabajo, que en Convenio Especial no tendrían.
 
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toni

Miembro conocido
Se lo comente a un cliente y me dijo textualmente "eso que coño es". Creo que por ahi van los tiros, no conocen el convenio especial o tal vez no sepamos "venderlo".
 

Cachilipox

Miembro conocido
a.- Desconocimiento (como dice @toni )
b.- Haber perdido las fechas de referencia del hecho causante (no es algo que puedas hacer "en cualquier momento", sino vinculado a una pérdida de situación de cotización activa).
c.- Nunca haber tenido un verdadero hecho causante.
d.- Estar de autónomos permite "desgravaciones" (por muy improcedentes y muy gastos personales que sean, pero si cuela, cuela)
e.- Una visión subjetiva de la "dignidad". Cotizar RETA aparenta "algo" de forma activa, convenio especial es pasivo.
f.- Ligado a lo anterior, titularidades bancarias y similares.
g.- Posibilidad, si las circunstancias lo justifican, de blanquear dinero (un autónomo ruinoso siempre puede tener "un año bueno"....)
...

Si la SS "liberalizase" el acceso al Convenio especial, haciéndolo absolutamente incausal, se eliminarían la mayor parte de actividades económicas supuestas absolutamente marginales.
Pero claro, resulta que ese negocio jurídico consiste precisamente en cotizar sin existencia de trabajo que lo justifique, para obtener derecho a prestaciones sociales futuras. Y eso en sí mismo está descrito como figura ilícita.....
En cambio, la mera intención de obtener un lucro por una posible actividad es un hecho encuadrante (de hecho, implica obligación legal de afiliación), aunque el resultado sea nulo o incluso negativo.
Y ya se sabe que en España "nos encanta cumplir con las leyes....."
 

toni

Miembro conocido
A modo de comentario/anecdota, recuerdo hace años cuando podiamos ir a la TGSS, habia un funcionario llamado Victor (no creo que me lea), que era durisimo de pelar. Las chicas le tenian miedo, mas de una me comento que de la bronca que les pegaba si llevaban algo mal se hacian pis encima y te pedian porfavor si les podias pasar tu el tramite... Lo digo porque cuando le presentaba algun convenio especial siempre soltaba un "OTRO QUE SE ESTA PAGANDO LA JUBILACION" y yo le contestaba, pero Victor, a ti que mas te da? No esta cotizando? Pues punto pelota y se ponia aun mas de mala leche..:ROFLMAO:
 

toni

Miembro conocido
a.- Desconocimiento (como dice @toni )
b.- Haber perdido las fechas de referencia del hecho causante (no es algo que puedas hacer "en cualquier momento", sino vinculado a una pérdida de situación de cotización activa).
c.- Nunca haber tenido un verdadero hecho causante.
d.- Estar de autónomos permite "desgravaciones" (por muy improcedentes y muy gastos personales que sean, pero si cuela, cuela)
e.- Una visión subjetiva de la "dignidad". Cotizar RETA aparenta "algo" de forma activa, convenio especial es pasivo.
f.- Ligado a lo anterior, titularidades bancarias y similares.
g.- Posibilidad, si las circunstancias lo justifican, de blanquear dinero (un autónomo ruinoso siempre puede tener "un año bueno"....)
...

Si la SS "liberalizase" el acceso al Convenio especial, haciéndolo absolutamente incausal, se eliminarían la mayor parte de actividades económicas supuestas absolutamente marginales.
Pero claro, resulta que ese negocio jurídico consiste precisamente en cotizar sin existencia de trabajo que lo justifique, para obtener derecho a prestaciones sociales futuras. Y eso en sí mismo está descrito como figura ilícita.....
En cambio, la mera intención de obtener un lucro por una posible actividad es un hecho encuadrante (de hecho, implica obligación legal de afiliación), aunque el resultado sea nulo o incluso negativo.
Y ya se sabe que en España "nos encanta cumplir con las leyes....."
No se si te he entendido mal en los puntos b y c @Cachilipox pues si cumples con el requisito de periodo de cotizacion requerido, me canso de trabajar, causo baja voluntaria en mi empresa y si puedo pagarmelo suscribo un CE, pues uno de los requisitos que piden es el causar baja en un regimen de la SS y no quedar encuadrado en ningun otro, sin especificar ningun motivo de baja...

Repito, no se si era eso lo que querias decir.
 
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Cachilipox

Miembro conocido
No se si te he entendido mal en los puntos b y c @Cachilipox pues si cumples con el requisito de periodo de cotizacion requerido, me canso de trabajar, causo baja voluntaria en mi empresa y si puedo pagarmelo suscribo un CE, pues uno de los requisitos que piden es el causar baja en un regimen de la SS y no quedar encuadrado en ningun otro, sin especificar ningun motivo de baja...

Repito, no se si era eso lo que querias decir.
De la web seg-social

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Lo mismo alguien piensa en que lleva poco tiempo cotizado, 2 años después de su última afiliación activa.....
Además del requisito de los 1.080 días cotizados en los últimos e inmediatos 12 años....

Entrar en convenio especial es muy fácil, pero no es ni automático ni regalado.
Hay muchas situaciones en que quizás no cumplas los requisitos de acceso, y tirar por la directa de afiliación (indebida) al RETA (más con lo de las tarifas planas....), es como más indoloro.
 

toni

Miembro conocido
Entendido ahora y si, si cumple con el periodo cotizado requerido es facil entrar como comentaba en mi respuesta anterior...
 

Cachilipox

Miembro conocido
Y una posible razón h.-, importante
h.- Para poder tener derecho a prestación ILT (en Convenio especial, no procede)
 

pajarillo

Miembro conocido
La posibilidad de situarse en IT, y también por qué no, que nuestro cónyuge tenga la posibilidad de viudedad, no son malas razones. Pero yo no dormiría tranquilo. No me hagáis mucho caso, porque no he tenido el privilegio de enfrentarme a algo así, pero tengo oídas de una situación en la que al autónomo le denegaron la pensión porque se destapó que no tenía una actividad real, con lo que imagino que perdería todo lo cotizado (con la consolación de únicamente poder reclamar la devolución de 3 meses)
 

VILA100

Miembro conocido
La posibilidad de situarse en IT, y también por qué no, que nuestro cónyuge tenga la posibilidad de viudedad, no son malas razones. Pero yo no dormiría tranquilo. No me hagáis mucho caso, porque no he tenido el privilegio de enfrentarme a algo así, pero tengo oídas de una situación en la que al autónomo le denegaron la pensión porque se destapó que no tenía una actividad real, con lo que imagino que perdería todo lo cotizado (con la consolación de únicamente poder reclamar la devolución de 3 meses)
NO conozco caso…sin embargo, algunos se ven venir…por ejemplo asuntos de jornadas reales exactas para continuar en régimen y similares. La caja está sin cash…y estos casos me supongo, tarde o temprano, saltarán
salu2
 

Argi

Miembro conocido
Recupero este hilo interesante. Tengo un caso de una persona que ha estado de alta en el reta sin actividad 5 años. Creo que lo hizo por un tema de alguna ayuda relacionada con terrenos rústicos y edificación de vivienda. Parece que le ha cogido el gusto y quiere seguir así hasta la jubilación ¡y sólo tiene 52 años!
¿Podría solicitar un Convenio Especial? Me da miedo decirle que lo solicite por si al hacerlo TGSS cruzara datos con Hacienda.

¿Puede una persona de cualquier edad con tan solo el requisito de 3 años cotizados solicitar un convenio especial si se quedda en paro o se cansa de currar? Parace raro que no haya un límite de edad para pedirlo.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Ya puestos a "optimizar", que se curre un cese de actividad por causas económicas.....
Si tiene tesorería para montarse el paripé y financiarse la jugada, es un chollo.

Y sí, desde este año (bueno, realmente en fase "pruebas" ya desde el resultado del año pasado), AEAT y TGSS van a cruzar datos.
Así que para seguir con estas actividades "de dudosa existencia y legalidad", ahora hay que currárselo un poquito más.
 
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Leovigildo

Miembro activo
Tengo varios casos, pero sinceramente lo deje caer, insistí, y lo deje pasar. Llevan así varios años, y en este caso cuando crucen datos AEAT y TGSS la regularización de RETA por las bases reales, va a ser de las buenas.
 
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