Buenos días, compañeros
Trabajador que se contrata en prácticas el día 3 de Mayo por 6 meses siendo el período de prueba 2 meses. El día 19 de Mayo inicia un proceso en IT. El día 8 de Julio presenta la baja voluntaria ya que lo llaman de otra empresa y sufre una curación espontánea.
Iba a descontarle los días de preaviso pero me encuentro que el convenio establece lo siguiente:
Durante el período de prueba, la empresa y el trabajador podrán resolver el contrato de trabajo sin plazo de preaviso y sin derecho a indemnización alguna.
Salvo pacto en contrario, la situación de I.T. que afecte al trabajador durante el período de prueba interrumpirá el cómputo del mismo, que se reanudará a partir de la fecha de la incorporación efectiva al trabajo.
¿No puedo descontarle la falta de preaviso, verdad?
Trabajador que se contrata en prácticas el día 3 de Mayo por 6 meses siendo el período de prueba 2 meses. El día 19 de Mayo inicia un proceso en IT. El día 8 de Julio presenta la baja voluntaria ya que lo llaman de otra empresa y sufre una curación espontánea.
Iba a descontarle los días de preaviso pero me encuentro que el convenio establece lo siguiente:
Durante el período de prueba, la empresa y el trabajador podrán resolver el contrato de trabajo sin plazo de preaviso y sin derecho a indemnización alguna.
Salvo pacto en contrario, la situación de I.T. que afecte al trabajador durante el período de prueba interrumpirá el cómputo del mismo, que se reanudará a partir de la fecha de la incorporación efectiva al trabajo.
¿No puedo descontarle la falta de preaviso, verdad?