Buenos días,
Tengo el siguiente caso:
Trabajador que demanda a la empresa solicitando la extinción del contrato de trabajo recogida en el art. 50 1-b) del E.T, el juicio se celebra el 01 de Abril, la sentencia la recibe la empresa el día 16 de Abril y en la misma se falla" que se estima la demanda interpuesta por el trabajador y se declara a día de hoy la extinción de la relación laboral"
Mi duda es la siguiente: ¿Con que fecha tengo que dar de baja al trabajador en la seguridad social? La empresa me dice que el trabajador ha trabajado hasta el viernes 17 de Abril y por lo tanto la baja sería el viernes 17 de Abril. ¿Es eso correcto?
Tengo el siguiente caso:
Trabajador que demanda a la empresa solicitando la extinción del contrato de trabajo recogida en el art. 50 1-b) del E.T, el juicio se celebra el 01 de Abril, la sentencia la recibe la empresa el día 16 de Abril y en la misma se falla" que se estima la demanda interpuesta por el trabajador y se declara a día de hoy la extinción de la relación laboral"
Mi duda es la siguiente: ¿Con que fecha tengo que dar de baja al trabajador en la seguridad social? La empresa me dice que el trabajador ha trabajado hasta el viernes 17 de Abril y por lo tanto la baja sería el viernes 17 de Abril. ¿Es eso correcto?