Fecha de efectos despido fijo discontinuo

Black Mamba

Miembro
Hola! Cuando negociáis la conciliación por despido improcedente de un fijo discontinuo cómo lo hacéis?

¿Haciendo constar fecha de efectos del día que debería haberse incorporado a la empresa? ¿En ese caso tendría que hacer un alta y una baja de ese día? El problema que me encuentro es que la trabajadora estaba cobrando el paro ya que la empresa no la llamó... y claro. La fecha de efectos entiendo que ha de ser esa, pero no sé si se puede justificar de alguna forma que ese día no lo trabajó y por eso cobraba el paro, y por eso no se la dio de alta. No sé si me explico :p
 

EL NOMINAS

Miembro activo
El incumplimiento en la llamada de los fijos discontinuos se considera despido, y la fecha de efectos debe de ser la que le correspondía haber entrado a trabajar por orden de antigüedad.
 

Black Mamba

Miembro
Entonces no tengo que darle de alta y baja ese día, no??? Es decir... aunque la fecha de efectos del despido sea del 14/09 (fecha en la que se debería haber incorporado), no he de cotizar un día a la SS, verdad?
 

Clo

Nuevo miembro
Buenos días,
No, no, es seguro que no hay que hacer alta y baja, ni modificar certificado de empresa, ni nada. Sólo con la comunicación de que no se incorporará en la nueva temporada el trabajador podrá percibir prestación.
Saludos,
 

Clo

Nuevo miembro
Uy, lo siento, no te entiendo! No tienes que hacer nada. Ni dar de alta ni cotizar ese día.
 
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