FECHA READMISION DESPIDO NULO

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Es la primera vez que se me plantea este caso y estoy un poco perdida, un cliente despidio a una trabajdora el 28 de Octubre de 2022 en el juicio realizado a fecha 30 de Mayo de 2023 se declara nulo dicho despido ya que mi cliente no acudio porque se le olvido y no nos lo comunico a nosotras tampoco.... Hoy le ha llegado la carta en la que le comunican la nulidad de dicho despido y por tanto la obligación de readmitir a la trabajadora,.

A la trabajadora le hemos comunicado que a fecha 23 de Julio se tiene que reincorporar a su trabajo, para cumplir el plazo que se nos comunica en la carta pero mi dudas son:

1.Que fecha es la del alta, la del día que le despedimos o la del 23 de Julio.
2. Que ocurre si la trabajadora no se reincorpora.

si alguien me puede orientar.

Un saludo y gracias por adelantado porque se que es un mes complicado para todos.

Un saludo.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

Nadie me puede ayudar...., la trabajadora no ha ido a trabajar ahora cual es el siguiente tramite?

Un saludo.
 
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FERNANDO

Miembro conocido
1.- LA fecha del atla es el día siguiente en que fue despedida

2.- Si no se reincorpora, pues se entenderá que la trabajadora causa baja voluntaria.
 

VaneAlon

Miembro conocido
1.- LA fecha del atla es el día siguiente en que fue despedida

2.- Si no se reincorpora, pues se entenderá que la trabajadora causa baja voluntaria.
Y como se procede... se le comunica a la trabajadora por escrito que no se ha reincorporado para pode tener una justificación de ese hecho ante el juez y se le da de baja en seguridad social sin pagarle dicho dia? Entiendo que ya no tiene derecho a los salarios de tramitación?

Un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Claro, lo suyo es hacerlo por burofax.

Aunque no se reincorpore, tiene derecho a los salarios hasta el último día de plazo que le des para la reincorporación.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Es decir que a la trabajadora hay que pagarle los salarios de tramitación en este caso hasta el día 23 de Julio que fue cuando la empresa le solicito la readmisión y no lo ha hecho, habia leido que despues de la reforma del año 2012 si el trabajador no se reincorpora pierde ese derecho...

En el caso de tener que pagarselo entiendo que es la cantidad que se ha marcado en la sentencia por lo días que deberia haber estado de alta hasta el día 23 , ¿se hace nomina por cada mes que corresponde o una con la cantidad?

Es la primera vez que tengo un caso de estos y no tengo ni idea....
 
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FERNANDO

Miembro conocido
Así es. Pero me extraña mucho que no se reincorpore. Se hace una sola nómina con todos los meses retroactivos.
 

elchuske

Miembro conocido
Si cobra los salarios de tramitación tendrá que devolver el paro o se lo descuentas. Creo que va así. Si no se presenta es que tiene otro curro, y entonces ya no se como va la cosa. Si los salarios de tramitación van hasta la incorporación a su otro trabajo y ademas si ha percibido paro. Pero bueno es otra idea por si vale.
 

elchuske

Miembro conocido
  • En el caso de que el trabajador hubiera encontrado un nuevo empleo, los salarios de tramitación dejarán de computar en el momento de ingreso en su nuevo trabajo.
  • confirmado. Así que pídele primero su vida laboral por si acaso.
 

VaneAlon

Miembro conocido
Así es. Pero me extraña mucho que no se reincorpore. Se hace una sola nómina con todos los meses retroactivoBuenos d
Así es. Pero me extraña mucho que no se reincorpore. Se hace una sola nómina con todos los meses retroactivos.
Buenos días ,
Buenos días,

El trabajador no se ha reincorporado, por eso era mi duda ahora....

Muchas gracias a los dos por las respuestas.
 
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