FECHAS JUBILACION ANTICIPADA

Samuel

Nuevo miembro
Buenos días,

Me parece un poco confuso concretar la fecha exacta de jubilación cuando no se tiene el suficiente tiempo cotizado.

Por ejemplo:

Persona que cumple los 65 años en mayo de 2025, es decir, tiene ahora 64 años y 6 meses. Tiene menos de 38 años cotizados, pongamos el mínimo de 35, y para acceder a la anticipada lo antes posible podría hacerlo:

A - ahora con 64 y 6 meses (ordinaria 66 y 6 para 2024)
B - hacerlo con 64 y 8 meses puesto que en 2025 es cuando cumple los 65 (ordinaria 66 y 8)
C- hacerlo con 64 y 10 meses porque ya nos vamos a 2026 como referencia
D - hacerlo directamente con 65 años, referencia año 2027.

¿Cuál sería la opción correcta? estaba entre la B y la D pero ya me está rayando muchísimo.

Gracias de antemano.

Un saludo
 

toni

Miembro conocido
Entiendo que la B, ya que son 2 años antes al hecho causante, en tu caso 66+8.
 

Samuel

Nuevo miembro
pero en este caso, si fuese jubilación ordinaria y no anticipada, no podría hacerlo en 2025 porque le exigirían 66 años y 8 meses y aún no llega por edad.
Aún así para la anticipada se coge entonces de referencia el año en el que cumples los 65 años?

saludos
 

toni

Miembro conocido
Igual me he liado...

En 2025 cumple los 65 con -38 años. Le tocaria jubilarse a a los 66+8 que seria la edad ordinaria de jubilacion por lo que 2 años antes seria la opcion B no?

Podrán acceder a esta modalidad de jubilación anticipada los trabajadores, incluidos en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, que reúnan los siguientes requisitos:
  • Tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad exigida que resulte de aplicación en cada caso, sin que a estos efectos resulten de aplicación las bonificaciones de edad, de las que puedan beneficiarse los trabajadores de algunos sectores profesionales por la realización de actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres y las personas con discapacidad igual o superior al 45% o al 65
Aqui el experto es @FERNANDO
 

Samuel

Nuevo miembro
vale gracias.
Se coge entonces de referencia el año en el que cumples 65 años y de ahí de tiras para atrás.

Mi confusión era porque en 2025 él no podría jubilarse de manera ordinaria todavía, pensaba que había que irse a 2027 que es cuando ya sí tendría la edad para la ordinaria y entonces recortarle 2 años ahí, es decir, mayo de 2025 para pedir la anticipada.
 

TMT

Miembro activo
Yo estoy con Toni. No se coge 65 porque no tiene en esa fecha las cotizaciones para jubilación ordinaria.
 

fundación

Miembro conocido
Pienso igual, la edad de jubilación en 2025 sería de 66 y 8 cuando tiene menos de 38 y 3 cotizados, luego descuenta 2 años.
 
Arriba