FIJOS DISCONTINUOS - LA EMPRESA NO PUEDE HACER LLAMAMIENTO - DUDAS

isabarros

Miembro activo
Buenos días, os comento un caso peculiar a ver qué haríais vosotros y si a alguien se le dio un caso similar...

Empresa con 2 CCC, ambos con centros de trabajo y actividades diferenciadas.
- CCC 1 - Actividad hostal y centro de trabajo en provincia A
- CCC 2 - Actividad hostelería/bar y centro de trabajo en provincia B
(entre un centro de trabajo y otro quizás hay algo de menos de media hora en coche, son provincias limítrofes)

El hostal donde está de alta el CCC 1 ha perdido la licencia de actividad, la cual no esperan conseguir en lo que queda de año, por lo que en el año 2026 no va a abrir.
En ese CCC había 2 trabajadores fijos discontinuos a los cuales según contrato se debería hacer llamamiento en abril, pero no va a ser posible.

La idea del empresario es a uno de los trabajadores, hacerle llamamiento para pasarlo al CCC 2, de forma que cambiaría de centro de trabajo y categoría profesional, ya que pasaría de limpiador en hostal a camarero en cafetería/bar, y también cambia convenio colectivo, con lo que tendría que ver cuál es el convenio que tendría que aplicar. El empresario habló con el trabajador y le interesa pasarse este año de forma puntual a ese CCC.
¿Vosotros cómo lo veis?
Según entiendo, los trabajadores fijos discontinuos tienen preferencia a cualquier trabajador temporal que la empresa pueda contratar y por lo tanto la empresa al no poder hacerles llamamiento para su CCC y condiciones de su contrato, debe intentar recolocarlos en la medida de lo posible en la empresa.
En el caso de que al segundo trabajador no pueda recolocarlo, ¿tendría que hacerle directamente un despido al no poder hacerle llamamiento?

Es el primer caso que tengo similar, con lo que si a alguien le ha pasado y tiene más información se lo agradezco... gracias!
 

SHGOROEL

Miembro conocido
No exactamente el caso.. Pero si no puedes realizar el llamamiento ni ahora ni nunca le tendrías que despedir, entiendo que por causas objetivas. Si vieras que en 2027 el centro se pudiera abrir podría ser que el llamamiento lo hicierais para el 2027 (a mí en pandemia me juraron y perjuraron en Trabajo de mi provincia que se podía hacer sin mas, si no hay actividad no hay llamamiento en el presente año o temporada, y no hay problema con llamarlos para el año siguiente....sin tener que pedir ninguna suspensión ni hacer cosas raras, ni despidos ni nada). Si alguno del foro nos puede aportar algo más mejor, yo sólo te cuento también mi escasa experiencia en estos casos.
 

isabarros

Miembro activo
No exactamente el caso.. Pero si no puedes realizar el llamamiento ni ahora ni nunca le tendrías que despedir, entiendo que por causas objetivas. Si vieras que en 2027 el centro se pudiera abrir podría ser que el llamamiento lo hicierais para el 2027 (a mí en pandemia me juraron y perjuraron en Trabajo de mi provincia que se podía hacer sin mas, si no hay actividad no hay llamamiento en el presente año o temporada, y no hay problema con llamarlos para el año siguiente....sin tener que pedir ninguna suspensión ni hacer cosas raras, ni despidos ni nada). Si alguno del foro nos puede aportar algo más mejor, yo sólo te cuento también mi escasa experiencia en estos casos.
El tema de la licencia se está gestionando y en 2027 en principio si que tendría que estar solucionado. Solo que los llamamientos deberían ser de abril a noviembre aprox y este año para ese local será imposible.

En cuanto a la opción de hacer uno de los llamamientos para trabajar en el otro CCC con otra actividad lo ves correcto?

Sobre lo de esperar a hacer los llamamientos para el año 2027, leí en otro hilo la opción de hacer notificación a los trabajadores indicando el motivo por el cual no se le hace llamamiento este año, en este caso por no poder ejercer la actividad para de esa forma dejar justificado el no llamarlos. De este modo, no se consideraría que existe un despido por falta de llamamiento a los trabajadores.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Este trabajador que pasa al otro CCC, lo que le haría es un contrato nuevo para este CCC. (el llamamiento del otro CCC se mantendría para el año siguiente, no lo pierde). Cuando llegue el llamamiento del primer CCC en el que estaba, que firme la renuncia para el segundo y listo. Salvo mejor opinión.
 

isabarros

Miembro activo
Este trabajador que pasa al otro CCC, lo que le haría es un contrato nuevo para este CCC. (el llamamiento del otro CCC se mantendría para el año siguiente, no lo pierde). Cuando llegue el llamamiento del primer CCC en el que estaba, que firme la renuncia para el segundo y listo. Salvo mejor opinión.
Algo así lo veo más sencillo y limpio...
Lo que me da miedo es tener un Fijo discontinuo pausado más de un año, porque nunca he tenido este caso. Aunque hay una causa justificada, el local está cerrado porque no tiene licencia y están gestionando el problema...
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Si que da reparo, porque en la pandemia era general (mal de muchos consuelo de tontos)... Pero si no hay actividad no hay trabajo, todo será que el trabajador reclame porque la empresa no le ha llamado, pero veo que lo tenéis justificado. También puede ser que el trabajador encuentre otro trabajo y fuera preocupaciones....
 
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