FIJOS DISCONTINUOS

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juanlab

Guest
Un compañero laboralista (de la empresa) reune a los trabajadores para decirles que van a pasar a fijos discontinuos, que la situación de la empresa, etc etc, hasta aquí nada que no esté pasando con bastante frecuencia últimamente. Pero la cuestión es que va y les dice "AH, Y SI ALGUNO TRABAJA EN OTRA EMPRESA DURANTE EL PERIODO DE INACTIVIDAD SE CONSIDERA QUE HA RENUNCIADO AL PUESTO, Y PIERDE TODO....".

A VER, una cosa es que si te llaman no acudas (y no puedes alegar que es que estás trabajando en otro sitio), y otra que no puedan trabajar en vez de cobrar el paro durante la inactividad. ¿ESTOY EN LO CIERTO VERDAD?....ES QUE YA TE HACEN DUDAR HASTA DE QUE EL DIA ES DIA............
 

JuanM

Nuevo miembro
un duda que lo doy por hecho....pero ya dudo también de todo.....trabajador fijo discontinuo puede pedir el paro durante los tiempos de inactividad y sin embargo sigue conservando la antiguedad de la primera relación laboral con la empresa, no??

 

Cleo

Nuevo miembro
1.- TEÓRICAMENTE NO PUEDEN IMPONER HACER LOS CONTRATOS F.D. (AUNQUE DE FACTO SE HACE)
2.- MIENTRAS ESTÉS A DISPOSICIÓN DE LA EMPRESA, PIENSO QUE NO TE PUEDEN OBLIGAR A NO TRABAJAR.
3.- EL TRABAJADOR F.D. PIDE PARO Y MANTIENE LA ANTIGÜEDAD DEL PRIMER CONTRATO. A EFECTOS DE IND. SE TENDRÍAN EN CTA. LOS PERÍODOS EFECTIVAMENTE TRABAJADOS.
SALUDOS,
 

JuanM

Nuevo miembro
Cleo, otra duda, ya que veo que controlas lo de los fijos discontinuos.....Tengo un caso de un trabajador que despues de tener 4 contratos temporales para la misma empresa casi de la misma duración, entre las mismas fechas durante 4 años (de septiembre a junio casi siempre), le hacen fijo discontinuo en el último de los contratos temporales....ahora le despiden reconociendo la improcedencia....pero con la antiguedad del fijo discontinuo, es decir, de un año.

Yo veo super claro pedir la indemnización desde el primer contrato temporal, no?? Qué opinas?
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- No se puede cambiar a fijo discontinuo ni siquiera mediante la modificación sustancial de condiciones de trabajo.

2.-Evidentemente puedes trabajar para otros en los periodos de no trabajo, a no ser que hagas competencia desleal a la empresa.

 

Cleo

Nuevo miembro
Pues a tu segunda cuestión opino como tú, que la antigüedad es la del primer contrato temporal.
 
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