Buenos días,
Tengo un trabajador con contrato de interinidad, incluido en ERTE desde el 14/03/2020, sustituyendo a otro trabajador que esta de baja IT contingencias comunes, desde el 05/10/2018.
He recibido un email de la Mutua informando que le han concedido IPT desde el 24/08/2020, la duda es la siguiente:
- La fecha de efectos de la baja del contrato de interinidad, es cuando la empresa reciba notificación del INSS comunicando la IPT del trabajador o tengo que retrotraer al 24/08/2020 por el email recibido de la Mutua?
- Si lo doy de baja por fin de interinidad, no afecta a la obligación del mantenimiento del empleo durante 6 meses a efectos de no perder las bonificaciones de la Seguridad Social?
Tengo un trabajador con contrato de interinidad, incluido en ERTE desde el 14/03/2020, sustituyendo a otro trabajador que esta de baja IT contingencias comunes, desde el 05/10/2018.
He recibido un email de la Mutua informando que le han concedido IPT desde el 24/08/2020, la duda es la siguiente:
- La fecha de efectos de la baja del contrato de interinidad, es cuando la empresa reciba notificación del INSS comunicando la IPT del trabajador o tengo que retrotraer al 24/08/2020 por el email recibido de la Mutua?
- Si lo doy de baja por fin de interinidad, no afecta a la obligación del mantenimiento del empleo durante 6 meses a efectos de no perder las bonificaciones de la Seguridad Social?