Si los Erte simplemente se dejaron morir agotándolos hasta el 31 de marzo, no hay que comunicar nada a la autoridad laboral. A la AL en todo caso se le comunicaba la renuncia al expediente, lo cual era así si realmente se producía una renuncia en fecha anterior a su vigencia. Pero si se agota la vigencia, no se puede renunciar a lo que ya no existe.